Piden al Estado salvadoreño acabar con impunidad de crímenes de guerra

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El procurador de derechos humanos salvadoreño, David Morales, se presentó en audiencia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y pidió de forma enérgica, que el Estado salvadoreño no obstaculice más el proceso judicial contra quienes cometieron crímenes durante la guerra civil salvadoreña en la década de 1980, y que siguen libre gracias a la Ley de Amnistía.


 Por Mario Beltrán

Han pasado ya 23 años desde que El Salvador alcanzara la paz luego de una década de conflicto interno. Una década que según datos de la Comisión de la Verdad de la Naciones Unidas, dejó un promedio de más de 70 mil personas fallecidas, y más de 5 mil desaparecidos, el 65 % de ellos, menores de siete años de edad.

Ante tal panorama, el procurador para la defensa de los Derechos Humanos en El Salvador, David Morales, se presentó a la audiencia pública ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y presentó un informe sobre la impunidad en la que se encuentran los casos de graves violaciones a los derechos humanos que sucedieron durante el conflicto armado interno de El Salvador. En dicho informe destaca que el país aún no supera la situación de impunidad.

“A sus perpetradores —muchos de ellos aún con vida— no les han sido impuestas las sanciones que les hubieran correspondido, en buena medida porque subsiste la amnistía que se concedió a través de la vigencia de la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz, a pesar de que el 26 de septiembre del año 2000 la Sala de lo Constitucional emitió la sentencia de inconstitucionalidad 24-97/21-98 en la cual declaraba que la amnistía no es aplicable ni procedente cuando los delitos que se investigan o juzgan suponen graves violaciones a los derechos humanos” destacó Morales.

De acuerdo al defensor del pueblo, la impunidad del conflicto armado salvadoreño se sistematiza en cinco factores claves:  la aplicación directa de la amnistía y ausencia de efectos de la sentencia de inconstitucionalidad; actividad infructuosa y superficial de la Fiscalía General de la República (FGR) en la investigación de los casos; incumplimiento de la FGR frente a otras decisiones de la jurisdicción constitucional dentro de procesos de amparo y de habeas corpus donde se le ha ordenado la investigación de masacres y desapariciones forzadas de personas; la aplicación de la prescripción procesal penal; y la completa inexistencia de actos o diligencias de investigación pese a las denuncias presentadas. El procurador demostró la existencia de estos patrones citando la verificación realizada por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) sobre el derecho a la protección judicial de los sobrevivientes y familiares de las víctimas de diferentes casos de ejecuciones arbitrarias, masacres y desapariciones forzadas.

Entre los casos de ejecuciones arbitrarias y masacres que Morales compartió con la CIDH destacan el asesinato de Monseñor Oscar Arnulfo Romero, la masacre de los sacerdotes Jesuitas y las masacres de El Mozote, Río Sumpul, El Despertar, Tenango y Guadalupe, La Quesera, Las Canoas y Texistepeque, Las Ánimas, San Francisco Angulo, El Calabozo, San Gregorio y Los Almendros. Además, el Procurador citó la situación de impunidad en las que se encuentran las desapariciones forzadas de las niñas Erlinda y Ernestina Serrano Cruz y el niño José Adrián Rochac Hernández, entre otras.

Por ello el procurador de derechos humanos salvadoreño hizo un llamado a la CIDH para que indague manera profunda sobre las causas, factores y características de la impunidad en El Salvador, favoreciendo así un mejor conocimiento de la magnitud de esta situación pues fue la misma CIDH quien hace 35 años mostró sus primeras preocupaciones por la impunidad que en El Salvador enfrentaban las graves violaciones a los derechos humanos.

Asimismo Morales hizo un llamado a la FGR para que realice investigaciones ágiles, oportunas, exhaustivas, concluyentes y efectivas de manera que permitan la promoción de la acción penal y el castigo de los perpetradores de las mismas, ya sea que tales perpetradores sean actores intelectuales o materiales, o su participación en los mismos haya sido inmediata, mediata o de complicidad.

A la Asamblea Legislativa salvadoreña para que dé cumplimiento a las recomendaciones y obligaciones derivadas de la acción de la justicia internacional en el sentido de privar de efectos jurídicos a la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz, removiendo así el principal obstáculo formal que alienta y promueve la impunidad.

También insta a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia para que se pronuncie prontamente y de manera eficaz en los procesos acumulados 44-2013/145-2013 los cuales fueron iniciados para que se declarara la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz.

Finalmente el procurador ha solicitado a la CIDH que requiera a El Salvador que ofrezca garantías de no repetición de los hechos atroces sucedidos en el marco del conflicto armado interno, particularmente mediante la ratificación de distintos tratados en materia de derechos humanos de los que actualmente no es parte.

De declararse inconstitucional la Ley de Amnistía, varios de los políticos actuales y anteriores, deberán enfrentar el debido proceso por los actos de violación a los derechos humanos cometidos mientras formaban parte de cualquiera de los dos bandos bélicos que pelearon la guerra civil, es decir, militares retirados o que actualmente son diputados del partido de derecha salvadoreña, o funcionarios y exfuncionarios del FMLN que actualmente gobierna El Salvador.

La CIDH es un órgano permanente de la Organización de los Estados Americanos que se encarga de monitorear el cumplimiento de las obligaciones en materia de derechos humanos de los Estados miembros de tal entidad, y actualmente celebra su período de sesiones número 154, el cual finalizará el próximo 27 de marzo.

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