Piden que Evelyn enfrente en libertad el nuevo juicio por muerte de su hijo

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Defensoras de Evelyn Hernández señalan que mantener a Evelyn en la cárcel es una ilegalidad, pues la legislación dice que nadie puede seguir detenido provisionalmente después de 24 meses. Evelyn ha cumplido 33 meses.


Por Mario Beltrán/Video Marvin Díaz

El juicio en contra de Evelyn Hernández, la mujer que fue acusada y condenada a 30 años de prisión por supuestamente haber asesinado a su hijo en el momento del parto, tendrá que repetirse por orden de la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Esa decisión de la Sala, según las abogadas de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto, es porque existe una “duda razonable” sobre la verdadera causa de muerte del bebé.

Bertha Deleón, una de las abogadas, aseguró que en el caso también faltó demostrar el dolo (intención o planificación para cometer un crimen). Dijo que los peritajes del Instituto de Medicina Legal (IML) revelan que el bebé aspiró meconio, es decir el primer excremento de una persona que al ser expulsado del vientre causa daño, al ser una sustancia irritante. Lo que el IML no logró determinar es si la aspiración de meconio ocurrió antes, durante o después de la labor de parto.

Fue bajo ese argumento, de que el IML no fue concluyente en el punto en que el bebé aspiró meconio, que la Sala anuló la condena de 30 años de prisión que la jueza Nury Velásquez Joya, del Tribunal de Sentencia de Cojutepeque, en Cuscatlán, había impuesto. La Sala también le ordenó, el 20 de diciembre del año pasado, a la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro de San Salvador que celebre un nuevo juicio.

Tras esa resolución de la Sala, la calidad de Evelyn en la cárcel ya no es de condenada, sino de detenida provisionalmente. Desde que fue captura hasta la fecha, Evelyn acumula 33 meses en prisión.

Los peritajes hicieron que la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia anulara la condena y ordenara al Tribunal de Sentencia de Cojutepeque a realizar un nuevo juicio, 33 meses después que Evelyn ha pasado en prisión.

La abogada Deleón afirma que con base al artículo 8 del Código Procesal Penal, la detención provisional no podrá exceder los 24 meses, en delitos considerados graves; y en el caso de Evelyn, al haber sido anulada la sentencia y no existir condena, se estaría violentando su presunción de inocencia.

“El principio de inocencia prima porque no hay condena. Ya no puede estar detenida, deben de aplicarle medidas sustitutivas a la detención provisional”, dijo Deleón.

La defensora detalló que el pasado 30 de enero solicitó al Tribunal de Sentencia de Cojutepeque, quien ha llevado el caso, que  ponga en libertad a Evelyn mientras finaliza el proceso judicial, y que se fije una fecha para el juicio.

De acuerdo con las organizaciones denunciantes, el referido tribunal debió pronunciarse el pasado 11 de febrero pero no lo hizo.

En caso de que ese juzgado mantenga la detención provisional, el equipo defensor de Evelyn presentará un Habeas Corpus. Es decir, un recurso ante la Sala de lo Constitucional de la CSJ para que revisen si hay ilegalidad en la detención prolongada de Evelyn.

El caso Evelyn

Evelyn Hernández no sabía que estaba embarazada según sus defensores. El 6 de abril de 2016 sufrió un parto extrahospitalario que la llevó de la cama de un hospital a una acusación por homicidio agravado, luego de que su bebé falleció al aspirar heces. En 2017 fue condenada a 30 años de cárcel.

Según datos de la Agrupación Ciudadana, desde 2009 a la fecha, han sido 48 mujeres liberadas por irregularidades en sus juicios de casos vinculados al aborto o a muertes de bebé durante el parto; y hay unas 23 mujeres, incluyendo Evelyn, que están en proceso de revisión de sus casos judiciales.

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