Así le permitió el Ministerio de Medio Ambiente a Grupo Roble deforestar en Santo Tomás

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Entrada principal de la residencial construida por Grupo Roble en Santo Tomás.

El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) admitió una fianza de cumplimiento ambiental a Grupo Roble para construir una residencial. La admisión de la fianza significó el visto bueno para ejecutar una masiva tala de árboles. MARN admitió la fianza, pese a que administrativamente el permiso ambiental había vencido cinco años antes de su ejecución. Por este caso, el MARN ha sido demandado ante la Fiscalía General de la República (FGR) por actos arbitrarios. El ministro de medio ambiente que otorgó el permiso fue Carlos Guerrero, actual presidente de la Cámara Salvadoreña de la Construcción (Casalco) quien aglutina entre sus miembros a Grupo Roble. El ministro que admitió la fianza fue Herman Rosa Chávez. 


Por Mario Beltrán 

El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) admitió la Fianza de Cumplimiento Ambiental por parte de Inversiones  Roble S.A de C.V con lo que daba por establecida la vigencia y legalidad para la construcción de la urbanización denominada “Residencial Sierra Verde” en el municipio de Santo Tomás, al sur de San Salvador, aunque con algunas observaciones.

La admisión de dicha fianza significó el aval para que la gigante transnacional de la construcción, Grupo Roble, iniciara desde el 3 de marzo de 2015 la tala de 1, 311 árboles en su gran mayoría milenarios, y un promedio de 24, 051 arbustos o árboles de menor tamaño, en un terreno de 201, 688.89 metros cuadrados para construir 416 viviendas. No obstante, la masiva tala de árboles para la construcción del proyecto se realizó con un permiso ambiental que venció en 2010, cinco años antes de su ejecución.

Inversiones Roble S.A de C.V presentó en 2008 su estudio de impacto ambiental y su solicitud de permiso para tala y construcción ante el MARN, mismo que fue otorgado el 9 de febrero de 2009. Grupo Roble compró los terrenos ubicados en los cantones Las Casitas y El Porvenir de Santo Tomás en 1999.

El MARN emitió la resolución de viabilidad ambiental con número 10885-345-2009 mediante la cual se dio luz verde para que Inversiones  Roble pudiera desarrollar el proyecto urbanístico bajo el supuesto de haber cumplido con los requisitos de ley que determinan la presentación del Estudio de Impacto Ambiental, y las garantías de la empresa en resarcir daños causados. De acuerdo a la resolución de viabilidad ambiental, Grupo Roble contaba con un plazo de un año para iniciar el proyecto, a partir de febrero de 2009, de no ser así, debía presentar un nuevo estudio de impacto ambiental, y solicitar un nuevo permiso ante MARN.

El ministro de Medio Ambiente que autorizó el permiso para Grupo Roble en ese momento era Carlos Guerrero, parte del gabinete de gobierno del entonces presidente Elías Antonio Saca. Guerrero asumió el mandato del Ministerio de Medio Ambiente el 1 de enero de 2007. Carlos Guerrero ha sido desde 2012 el presidente de la Cámara Salvadoreña de la Industria de la Construcción (Casalco), gremial que aglutina dentro de sus socios a Inversiones  Roble S.A de C.V.

La resolución de viabilidad ambiental a la que Gato Encerrado tuvo acceso por medio del Acceso a la Información Pública, cita en el numeral 1: “Resuelve otorgar el permiso ambiental a la sociedad Inversiones  Roble Sociedad Anónima de Capital Variable, representada legalmente por el licenciado Mario Concepción Martínez Sandoval. Dicha sociedad es la titular del proyecto “Brisas de Santo Tomás” (…)”

Y en el numeral 8 expresa “El titular del proyecto cuenta con un plazo de UN AÑO para iniciar la realización del mismo. De lo contrario deberá gestionar nuevamente el trámite para la obtención del Permiso Ambiental correspondiente, con la presentación del formulario ambiental”.

La misma resolución afirma que al respecto de la publicación del estudio de impacto ambiental, hubo expresiones de afectación por parte de pobladores cercanos al proyecto, quienes representan a la Asociación Ambiental del Municipio de Santo Tomás, y representantes de la Intercomunal del Municipio de Santo Tomás, afectaciones que de acuerdo a la resolución fueron ponderadas y evaluadas por el MARN y superadas por el titular del proyecto.

De acuerdo al abogado, y miembro de la Unidad Ecológica Salvadoreña (UNES), Luis González, la falta radica en la violación administrativa del permiso ambiental que está vencido, aunque no representa violación a la Ley de Medio Ambiente, sino al proceso administrativo que impone el MARN, y que Grupo Roble estaba incumpliendo.

“Aunque la ley no plantea de manera expresa que los permisos se vencen, sí plantea que es el MARN quien otorgará administrativamente los permisos, y a nivel administrativo se planteaba en el permiso que se otorgaba un año, y ese año venció en 2010.  Se acusa a MARN por actos arbitrarios porque Grupo Roble presentó una fianza para el proyecto, y se las reciben. En ese momento el MARN recibe la fianza, expresando de manera tácita que el permiso sigue vigente. Lo correcto hubiese sido que el MARN debía pedir a Grupo Roble volver a realizar el procedimiento porque el permiso estaba vencido, y las condiciones del lugar ya habían cambiado” detalló González de UNES.

Luego de varias solicitudes de entrevista con la ministra de Medio Ambiente, Lina Pohl, Gato Encerrado logró hablar con la titular de este ministerio al respecto de la admisión de la fianza, y esto manifestó “es usual darle vida a ciertos permisos a través de mecanismos como la fianza, si es que se considera que es un permiso que todavía está vivo. El ministro, en su momento decidió admitir la fianza, porque no fue esta gestión quien hizo eso”. La gestión a la que se refiere la actual ministra, es a la del exministro de Medio Ambiente, Herman Rosa Chávez (2009-2014)

El caso llegó a instancias del Tribunal Ambiental de San Salvador, quien ordenó una serie de medidas cautelares tanto al MARN, como a Grupo Roble, y a la Alcaldía de Santo Tomás. A MARN ha solicitado que verifique si las condiciones ambientales en el lugar han cambiado desde 2009 que se otorgó el permiso, a 2015 que se inició la construcción del proyecto. El abogado y ambientalista Luis González expresa que “efectivamente de 2009 a la fecha hay más población, hay menos agua, más contaminación, y por eso es que las comunidades demandaron a Medio Ambiente, porque ellos mismo plantearon que era un año; por ser garantes del derecho, debían obligar a la empresa a rehacer el procedimiento.”

Las comunidades afectadas interpusieron una demanda contra el MARN ante la Fiscalía General de la República (FGR) por actos arbitrarios en la resolución y manejo del caso. La FGR admitió la demanda fechada 19 de marzo de 2015, en donde se le pide a la FGR investigar el posible cometimiento de delitos entre los que mencionan que el permiso no toma en cuenta que el requisito de consulta pública no se hizo a la totalidad de la población afectada, además del vencimiento de un año del permiso, entre otros.

Al respecto de las condiciones ambientales que debían ser verificadas, si habían cambiado o no, Lina Pohl visitó la zona del proyecto en marzo de este año, en donde manifestó entre otras cosas, que las condiciones del lugar sí habían cambiado de 2009 cuando se otorgó el permiso, a 2015 cuando se inició el proyecto.

Video: Lina Pohl admite cambio en las condiciones ambientales 

 

Este medio le recordó a la ministra Pohl: -Usted dijo que las condiciones de la zona han cambiado de 2009 que se dio el permiso, a 2015 que se inició el proyecto-

“Yo no he dicho eso. Lo que he dicho es que el Tribunal Ambiental nos ha solicitado un informe para verificar si las condiciones han cambiado o no, y ese informe aún no lo hemos terminado, no sabemos si han cambiado o no” negó Pohl.

Dijo además que aunque las condiciones hubiesen cambiado, legalmente no es posible obligar a Grupo Roble a rehacer un estudio de Impacto Ambiental. “Ellos tienen un estudio de Impacto Ambiental y un permiso vigente. Es el Tribunal Ambiental quien sí puede tomar medidas al respecto”.

En contraste a lo que la ministra Pohl afirma, que solo el Juzgado Ambiental puede tomar medidas pertinentes en el caso, Samuel Lizama, juez del Juzgado Ambiental de San Salvador afirma “nosotros como Juzgado Ambiental expresamos que determinar la legalidad de eso no nos corresponde; solo lo puede ver la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte, pero Grupo Roble actúa bajo el proceso que lleva hasta ahora el MARN”.

Y agrega “la competencia legal si se da el permiso o se suspende, le corresponde al MARN. En todo caso si hubiese daños, el juzgado notifica a la Fiscalía por si se consideraba la necesidad de iniciar una acción civil. Como juez, me corresponde verificar el cumplimiento de las medidas de compensación”.

El juez Lizama afirmó desconocer el estado actual de los permisos que el MARN ha concedido a Grupo Roble.

Lina Pohl aseguró, por su parte, que el MARN ya estaba por finalizar las verificaciones de las condiciones tal y como lo solicitó el Juzgado Ambiental. “Estamos haciendo las evaluaciones, de si hay condiciones que han cambiado, estamos ya por finalizar ese estudio y enviarlo al juzgado ambiental para que tomen las medidas pertinentes porque son la instancia para hacerlo”.

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 El rol del Tribunal Ambiental de San Salvador

Representantes de las comunidades llegaron al Juzgado Ambiental para interponer una demanda. El juez Lizama confirmó a este medio las medidas que como juzgado tomaron ante la demanda. “Nosotros ordenamos el mismo día una inspección en el lugar, y solicitamos informe al MARN, a la Alcaldía de Santo Tomás, al Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano y al Centro Nacional de Registro sobre la Sociedad de Inversiones Roble. El 16 de marzo hicimos la inspección en el lugar y estaban los representantes de dicha Sociedad; hicimos la verificación, y nos mostraron los permisos correspondientes” dijo Lizama.

Dice también que en el sitio le presentaron copia de la resolución que les dio el MARN con dictamen favorable del Estudio de Impacto Ambiental, también presentaron la autorización de la tala de árboles del jefe de la Unidad Ambiental de la Alcaldía de Santo Tomás. “Nos presentaron el permiso de parcelación y obras de urbanización de la Unidad de planificación y Proyectos de la Alcaldía de Santo Tomás, y copia de MARN por la que se prorrogó una fianza de cumplimiento ambiental” dijo el juzgador.

Lizama además explicó que “el hecho de iniciar la construcción después del año de vencimiento de la Resolución Ambiental no constituye ningún delito, y que la acción de ellos no se realizaba en la ilegalidad porque de acuerdo a la ley, ese permiso dura lo que dure la construcción”.  Por lo anterior, el juez asegura que la Ley de Medio Ambiente debe estar por encima de cualquier permiso ambiental administrativo otorgado por el MARN.

Y así es. El artículo 20 de la Ley de Medio Ambiente establece que “(…) La validez del Permiso Ambiental de ubicación y construcción será por el tiempo que dure la construcción de la obra física; una vez terminada la misma, incluyendo las obras o instalaciones de tratamiento y atenuación de impactos ambientales, se emitirá el Permiso Ambiental de Funcionamiento por el tiempo de su vida útil y etapa de abandono, sujeto al seguimiento y fiscalización del Ministerio”.

No obstante, el abogado y ambientalista, Luis González, no comparte júridicamente hablando lo expresado por el juez. “Lo que es superior a la Ley es la Constitución, y a la par de la Constitución los tratados internacionales, y tenemos por ejemplo el Principio de Rio de Janeiro de 1992 que plantea el derecho a las comunidades de información, participación y justicia ambiental, o también la Declaración Universal de Derechos Humanos que establece el derecho a la alimentación y a un medio ambiente sano, entre otras que también son superiores a la ley, si hablamos de la jerarquía del marco jurídico. Acá hay un vacío cuando la ley dice que dura lo que dure la construcción ¿y qué pasa si la construcción dura 20 años? En esa lógica, la misma ley da atribuciones administrativas al MARN como el hecho de otorgar un tiempo límite. El hecho de que esté vigente en una ley, no quiere decir que necesariamente sea justo, y ese es un vacío de no fijar un plazo razonable para la construcción de un proyecto” interpreta González.

El también ambientalista asegura que a las comunidades aledañas al proyecto se les está vulnerando el derecho a un medio ambiente sano, a la salud, el derecho humano al agua y a la alimentación. “Las comunidades sienten que a la fecha no han tenido acceso a la justicia” concluye.

El Juzgado Ambiental ordenó una serie de medidas cautelares sobre este caso. Tanto a Grupo Roble, como a MARN, y a la Alcaldía de Santo Tomás, el juez les dio un lapso de tres meses (iniciando en abril y finalizando en julio) para acatar las medidas cuyo cumplimiento debía ser verificado por los pobladores afectados, y que son las siguientes:

Darle cumplimiento a las medidas de compensación que habían establecido como parte del estudio de impacto ambiental, que implica la siembra de 13, 110 árboles, 25,051 arbustos, en compensación por los que cortó, y esto lo debía de realizar con verificación de las comunidades.

Además cumplir con las medidas de protección de los mantos acuíferos que se encontraron en el lugar. “Cuando hicimos la inspección y nos desplazamos por las quebradas, algunas no eran quebradas con agua para el consumo humano, sino que hasta con basura y mal olor. Pero sí había un nacimiento y un río pequeño con agua más limpia y con acceso público” dijo Lizama

Asimismo se identificó que se habían talado cedros, y esa es una especie protegida, por lo que se ordenó sembrar 120 árboles de cedro.

Se ordenó además corroborar por parte del MARN si las condiciones del lugar habían cambiado o no, de la fecha en que se otorgó el permiso (marzo 2009) hasta hoy.

Por último ordenó a la Alcaldía de Santo Tomás darle cumplimiento a las directrices de zonificación ambiental y de suelo.

Al cierre de esta nota, Gato Encerrado conoció de manera extraoficial que el Juzgado Ambiental no admitió el reporte entregado por Grupo Roble donde evidenciaba el cumplimiento de las medidas cautelares, por considerar que no cumplió con exactitud con lo ordenado. Además, el MARN sí visitó la zona para dar cumplimiento a dichas medidas, pero sin notificar a pobladores y representantes comunales afectados.

Las comunidades afectadas

Gato Encerrado buscó a los representantes de las instituciones que manifestaron las afectaciones, y afirmaron que ya ha habido conflictos entre pobladores del Cantón El Porvenir, y trabajadores del proyecto.

“Ese día fuimos y les quitamos las motosierras con las que talaban, y se las llevamos a la ministra de Medio Ambiente, Lina Pohl, quien se sorprendió por ello, y dijo que enviaría a la policía de Medio Ambiente, y nunca vinieron. Por la tarde la Policía Nacional Civil de Santo Tomás llegó a la zona porque había una denuncia de robo, y devolvimos las motosierras” expresa Sonia Sánchez, representante de las asociaciones demandantes como Red Ambientalista, Movimiento de Mujeres de Santo Tomás, Colectiva de Mujeres Ameyaly, y de los caseríos aledaños al proyecto.

Alrededor de la zona del proyecto viven un promedio de 125 familias aproximadamente según información de las asociaciones afectadas. La mayoría de las familias tienen viviendas unifamiliares mixtas, con suelos de tierra, paredes de adobe y concreto. Existen en la zona cultivos de maíz, frijol y maicillo, además de lotificaciones agrícolas y habitacionales.

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Santo Tomás no posee servicio de aguas negras, por lo que dificulta el tratamiento del agua de sus pobladores. Mismos que se preguntan ¿De dónde Grupo Roble abastecerá de agua a la residencial Brisas de Santo Tomás? Y más aún ¿A dónde depositará las aguas contaminadas? Las dos quebradas cercanas son “El Chaco”, y “La Saucera”. La teoría de los vecinos afectados es que es en ambas quebradas, en donde se depositarán las aguas contaminadas salientes de la nueva residencial.

¿Cómo construye Grupo Roble?

Grupo Roble ha establecido en su Dictamen Técnico que “el suministro de agua potable para consumo humano se realizará por medio de la conexión al sistema de ANDA (Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados) y contará con un tanque de almacenamiento, de conformidad a lo señalado por la Autoridad Competente”.

Lo establecido por la empresa constructora, contrasta con una de las realidades más terribles en El Salvador durante los últimos años. La falta de agua potable ha llevado a la población a realizar sendas manifestaciones callejeras. ANDA parece no dar abasto. De hecho, dijo el pasado 3 de julio que sus pozos estaban con un nivel de agua muy por debajo de lo normal, y que recomendaba a la población economizar el agua. Por lo que la empresa construye una residencial prometiendo un servicio de agua potable que las familias cercanas nunca han tenido, y que a la misma ANDA se le complica facilitar con normalidad.

El abastecimiento de agua de las familias en la periferia del proyecto es únicamente desde pozos y nacimientos de agua; algunos se encuentran a pocos metros de la construcción, otros están más lejos, y que sin duda se verán contaminados o en el peor de los casos extintos.

Por otro lado, la empresa constructora también afirma que “en cuanto al manejo de aguas negras y grises, se realizará a través de una planta de tratamiento del tipo aireación extendida y lodos activados, ubicada al costado sur-oriente del terreno (…)”.

Como parte de la Responsabilidad Empresarial de Grupo Roble, ha reconstruido canchas de fútbol, escuelas, caminos vecinales, y uno de sus más polémicos logros, regalar la leña de los árboles talados a las familias cercanas para que puedan cocinar.

Según datos del Consejo Nacional de Energía (CNE) el 60% de los hogares rurales salvadoreños utiliza la leña para cocinar; Asimismo, las enfermedades respiratorias encabezan la lista de consultas atendidas según el Ministerio de Salud (Minsal). Datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) afirman que en 2012 murieron 4.3 millones de personas en el mundo por la contaminación de interiores, es decir, hogares en donde para cocinar se utiliza carbón, leña y biomasa. La OMS no recomienda el uso de la leña para cocinar en los hogares.

Gatoencerrado solicitó una entrevista vía correo electrónico con la persona encargada de las Relaciones Públicas de Grupo Roble, pero no hubo respuesta.

Irregularidades de la Alcaldía de Santo Tomás

Actualmente la alcaldía es gobernada por Efraín Cañas, alcalde del partido Arena. Gato Encerrado solicitó a la Alcaldía de Santo Tomás el permiso municipal que permitía a Grupo Roble iniciar con la tala de árboles.

El artículo 7 de la Ley de Acceso a la Información Pública establece que “Están obligados al cumplimiento de esta ley los órganos del Estado, sus dependencias, las instituciones autónomas, las municipalidades o cualquier otra entidad u organismo que administre recursos públicos, bienes del Estado o ejecute actos de la administración pública en general (…)”. Y el artículo 10 obliga a que como información oficiosa (debería ser publicada sin solicitarla) lo siguiente: “Los permisos, autorizaciones y concesiones otorgados, especificando sus titulares, montos, plazos, objeto y finalidad”.

Gatoencerrado llegó a dicha alcaldía, y al solicitar un formulario de petición de información pública, fue atendido por la recepcionista de la alcaldía, y no por el oficial de Acceso a la Información como le obliga la ley a las instituciones públicas. “Aquí no hay de eso” expresó la persona de recepción.

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Quince minutos después, regresó con un formulario. El periodista solicitante llenó el formulario. El Instituto de Acceso a la Información establece que la institución debe devolver un comprobante firmado y sellado de recibido. La alcaldía no lo hizo.

Vencidos los 10 días hábiles que establece la ley para recibir la información, el solicitante no recibió el permiso municipal de tala de árboles que se le otorgó a Grupo Roble. Este medio supo que la Alcaldía de Santo Tomás se excusaba en decir que si MARN ya había dado los permisos correspondientes, no le tocaba de otra que obedecer para no ser multados.

Con lo anterior, la Alcaldía de Santo Tomás cometió una infracción leve a la Ley de Acceso a la Información. El artículo 76 infracciones leves, numeral “c” establece una falta leve “No proporcionar la información en el plazo fijado por esta ley”.

En 2003 Santo Tomás fue declarado como Zona de reserva forestal. Es también considerado un municipio de recarga hídrica. Además hubo una ordenanza municipal que regulaba y protegía el uso y ocupación de suelo en la zona. Esa ordenanza fue modificada en 2007 en la Alcaldía de Santo Tomás, según los habitantes, para favorecer la construcción de urbanizaciones y complejos habitacionales. “Este es segundo intento de detener la deforestación porque años anteriores Roble vino a poner mojones” recuerda Sonia Sánchez.

Por otro lado la Alcaldía ha recibido en sus instalaciones a miembros de Grupo Roble y a presuntos representantes de las zonas afectadas por la construcción.

En su cuenta de Facebook, la alcaldía escribió: “ Representantes de Grupo Roble, exponen a comunidad de Cantón El Porvenir el Proyecto denominado “Brisas de Santo Tomás”, y las obras de compensación que la empresa realizará para el beneficio de la Comunidad, como lo son la reconstrucción del Centro Escolar Cantón Porvenir, Mejoras en Calles, obras de paso, acceso al agua potable, reparación de tanques de agua potable, campañas de reforestación, así como la generación de al menos 500 empleos directos durante la fase de construcción, el Alcalde Efraín Cañas, estuvo presente en dicha reunión así como el pasado 09 de marzo, ya había sostenido reunión con representantes de la comunidad de Cantón El Porvenir con relación al mismo tema”.

Sonia, y otros representantes comunales niegan haber sido convocados por la comuna a dicha reunión. “Ahí a quienes llevaron fue a gente que viven en la zona, pero que son familiares de empleados de la Alcaldía” expresa Sonia Sánchez.

Al respecto de este caso, los habitantes que han hecho las denuncias ya han sufrido amenazas, conatos de violencia y confrontaciones verbales con los obreros del proyecto.

Asimismo temen quedarse sin acceso al agua, con deforestación y vulnerabilidad; se muestra inconformes tener de vecina a una residencial que tendrá agua potable, y todas las comodidades que ellos no han tenido en años. Temen que las amenazas contra sus vidas se lleven a cabo, que los ríos se sequen, que el proyecto continúe hasta su finalización, y peor aún, que se extienda a una segunda etapa como suelen ser los proyectos habitacionales que Grupo Roble realiza.

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