La mujer no es ni ‘obra pública’ ni propiedad privada

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Por Jessica Lemus*

No ha pasado mucho tiempo desde que el Señor Fiscal – porque no me da la gana ni el valor de anteponerle el apelativo de honorable – en conferencia de prensa señaló el mal uso de recursos públicos, los cuales fueron destinados a modificaciones corporales de la pareja sentimental de un exfuncionario público procesado por varios delitos.

Pero eso no es grave, ni mucho menos, es completamente válido que él, en su calidad de garante de la legalidad y la transparencia, señale cualquier acto que se presuma ilícito, entre ellos la corrupción. Sin embargo, lo que no es justificable desde ninguna perspectiva, es que actuando como fiscal General de la República – y todo lo que el cargo implica –  se haya referido a esta mujer como una Obra Pública  en alusión a los supuestos fondos públicos destinados a sus cirugías plásticas.

No es justificable desde ninguna perspectiva, que actuando como fiscal General de la República se haya referido a esta mujer como una Obra Pública  en alusión a los supuestos fondos públicos destinados a sus cirugías plásticas

Las redes sociales no demoraron mucho en retomar, enfatizar e ironizar aún más sus palabras, al grado que se generó un ataque virtual orientado a denigrar y ridiculizar la imagen pública de la mujer en cuestión.

No es que esté a favor de actos de corrupción o malversación de fondos, muy por el contrario, como fiel defensora del positivismo jurídico, soy la primera en exigir el cumplimiento de la normativa legal en cualquier caso que genere una controversia, y partiendo de eso, considero un deber ético señalar también el sentido misógino que revisten las declaraciones del fiscal General.

La Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las mujeres (LEIV) en su artículo 9 define la violencia simbólica como “mensajes que transmiten y reproducen relaciones de dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales que se establecen entre las personas y naturalizan la subordinación de la mujer en la sociedad”; mientras que el artículo 55 de la misma ley condena estas expresiones bajo la figura penal de Expresiones de violencia contra la mujer.

Una verdadera ironía que el máximo representante del ente defensor de los derechos humanos, públicamente se exprese de una manera tal que violente la dignidad, la intimidad y el honor de los cuales ella goza por el mero hecho de ser persona ya sea esta culpable o inocente de los hechos que se le atribuyen, tema aparte es discutir que hasta este momento goza de la presunción de inocencia.

Pero más allá de las declaraciones misóginas, esto solo pone de manifiesto – una vez más –  el machismo predominante y ampliamente permitido en nuestra sociedad, la cual no vacila en reducir a la mujer a un objeto susceptible de apropiación, y sobre el cual se podrá disponer sin más límite que el deseo del propietario.

¿Es tan difícil comprender que las mujeres al igual que todos los seres humanos tenemos el derecho a ser  respetadas? Y en el ejercicio de mi libertad de expresión y sin temor a dañar alguna susceptibilidad mal entendida  digo: Señores y Señoras, la mujer no es ni obra pública ni propiedad privada.


Jessica María Lemus* Estudiante de Licenciatura en Ciencias Jurídicas, Consultora, voluntaria y activista social en temas relacionados a Derechos Humanos y Género. Formación nacional e internacional en Liderazgo, Política y Derechos de las mujeres. Representante nacional en el  31° Modelo de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) para universidades del hemisferio.

 

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