Ordenan proceso sancionatorio a procuradora por beneficiar a hijastras

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El Tribunal de Ética Gubernamental requirió en dos ocasiones una justificación a Raquel Caballero de Guevara, pero no respondió. Se le acusa de contratar a una hijastra y de aumentar el salario a otra


Por Redacción Gatoencerrado

La procuradora de derechos humanos, Raquel Caballero de Guevara, tendrá que enfrentar un proceso sancionatorio en su contra por nepotismo, por la contratación de hijastra y la promoción laboral de otra al interior de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH). Así lo decretó el pasado 12 de julio el Tribunal de Ética Gubernamental (TEG).

La decisión del TEG, según el documento de “apertura de proceso”, es porque la funcionaria no pudo justificar la contratación de una hijastra y el aumento salarial de otra. De hecho ni siquiera hizo el intento de justificar, a pesar de que el Tribunal le solicitó una justificación en dos ocaasiones distintas.

Según el fallo del TEG, en una denuncia presentada con fecha 31 de mayo de 2017, por el demandante identificado como Guillermo Antonio García Bernabé, se expone que el 10 de enero del mismo año, Raquel de Guevara contrató a Xiomara Juana Margarita Guevara Zelaya. Según la demanda es hija del esposo de la procuradora. La plaza para la que fue contratada se denomina “Asistente II”.


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La demanda también recoge que el 1 de abril de 2017, Raquel de Guevara incrementó el salario de otra hija de su cónyuge. La “defensora del pueblo” le aumentó el salario a Gaby Lourdes Guevara Quintanilla, quien ya trabajaba en la PDDH cuando la procuradora asumió el cargo en septiembre de 2016.

El artículo 6 el reglamento interno del personal de la PDDH establece que no podrán ingresar al servicio de esa institución los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con quien ejerza el cargo del procurador para la defensa de los derechos humanos, salvo que a la fecha de elección o nombramiento su pariente se encuentre ya prestando sus servicios a la PDDH.

Asimismo, el artículo 25 del reglamento prohíbe a los empleados de la PDDH emitir informes, dictámenes, resoluciones o decidir en asuntos en los que tenga interés el servidor, sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o lo tuvieren las sociedades o empresas de las cuales el servidor participe. El referido reglamento es aplicable a todo el personal de la PDDH, sean estos empleados o funcionarios.

Tras la demanda, el 5 de marzo de 2018, el TEG requirió por primera vez a la procuradora de Guevara, para que informase sobre la demandado en su contra. Luego,vino un segundo requerimiento el 19 de marzo, pero Raquel de Guevara no atendió ninguno de los llamados del TEG, por lo que ese tribunal ordenó la apertura del proceso sancionatorio.

“Si bien la procuradora no respondió el requerimiento presentado en dos ocasiones a partir de la denuncia y de los elementos relacionados, se identifica un posible nepotismo o contratación de pariente por parte de Raquel Caballero de Guevara”, dice el TEG en su fallo.

El TEG dice que hay elementos que permiten considerar una posible transgresión a la prohibición ética de contratar parientes, según lo regula la Ley de Ética Gubernamental en su artículo seis.

En cuanto a la denuncia de incremento salarial a otra de sus hijastras, el TEG expresa que existen elementos para considerar una posible infracción al deber ético de excusarse de conocer o decidir sobre aspectos que involucran a la contraparte, generando así un conflicto de intereses, regulado en el artículo cinco de la Ley de Ética Gubernamental.

El caso en la Corte de Cuentas

La Corte de Cuentas de la República (CCR) realizó un examen para determinar, entre otros aspectos, la legalidad del nombramiento, ascensos y mejoras de salarios a personal de la PDDH en el período comprendido entre el 22 de septiembre de 2016, que asumió en su cargo, y el 31 de julio de 2017.

La Dirección de Auditoría Tres de la CCR “identificó en el 2017 que la señora procuradora contrató a pariente en segundo grado de afinidad con el cargo de Asistente II. Asimismo, promovió el salario a otra empleada con cargo de Asistente Técnico, la cual tiene el mismo parentesco (hijastra)”.

Ante esa auditoría, el TEG expresó: “Decrétese la apertura del procedimiento administrativo sancionador contra la licenciada Raquel Caballero de Guevara, a quien se le atribuye la infracción del deber ético y la trasgresión de la prohibición ética”.

El Tribunal también le concedió a la procuradora de Guevara nombrar a un defensor particular o avocarse a la Procuraduría General de la República (PGR) para que el Estado le proporcione uno; en tercera opción, le da la posibilidad de defenderse a sí misma, al ser abogada de la República.

Procuradora lo niega

La Revista GatoEncerrado buscó en marzo pasado a Raquel de Guevara, para que explicara los señalamientos en la demanda que fue puesta en el TEG. En ese momento negó las acusaciones de nepotismo y antiética en su contra.

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