La prueba científica que fue ignorada en el caso de Evelyn

Share

La autopsia y una prueba llamada hispatología forense, practicada al recién nacido de Evelyn Hernández, revelaron que la causa de muerte fue por aspirar las primeras heces tras un parto extrahospitalario. Es decir, por circunstancias ajenas a la madre. El Tribunal de Sentencia de Cojutepeque ignoró esas pruebas y decidió condenar a Evelyn a 30 años de prisión. Instancias del sistema judicial han reconocido que el caso de Evelyn debe revisarse nuevamente en un juicio.


Por Clanci Rosa

Evelyn Hernández, de 21 años, realizaba labores domésticas el 6 de abril de 2016, cuando sintió ganas de ir al baño. Así que fue a la letrina de su vivienda, ubicada en una zona rural del departamento de Cuscatlán. Fue tan grave el malestar que experimentó, que se desmayó. Cuando su madre la encontró, estaba inconsciente y rodeada de sangre. Inmediatamente la trasladó al Hospital Nacional de Cojutepeque “Nuestra Señora de Fátima”.

Los doctores que la examinaron se dieron cuenta de que Evelyn había sufrido un parto extrahospitalario. Avisaron a las autoridades y la culparon de lo ocurrido. Cuando el hospital le otorgó el alta, Evelyn fue llevada a las bartolinas de Cojutepeque y luego al Centro Penitenciario de Ilopango (cárcel de mujeres), donde estuvo en prisión mientras enfrentaba un proceso judicial por supuestamente haber cometido el delito de homicidio agravado en contra del recién nacido. Su condición de privada de libertad también le impidió continuar con sus estudios de tercer año de bachillerato en salud.

El 5 de julio de 2017, la jueza Nury Velásquez Joya, del Tribunal de Sentencia de Cojutepeque, decidió creer en la acusación de la Fiscalía General de la República (FGR) y la condenó a 30 años de prisión, en vez de considerar las pruebas científicas presentadas en el caso.

De acuerdo con el equipo de abogados que apoyó a Evelyn, esas pruebas eran los resultados de la autopsia y de una hispatología forense, que revelaron que el bebé falleció por aspirar meconio; es decir, por aspirar sus primeras heces. En otras palabras, las pruebas eran una muestra de que el recién nacido falleció por circunstancias ajenas a la voluntad de la madre.

Los abogados, ante la decisión de la jueza Velásquez, presentaron una apelación en la Cámara de la Segunda Sección del Centro para revisar el caso. La Cámara, en respuesta, respaldó la decisión de la jueza y ratificó la condena. Fue entonces cuando los defensores llevaron un recurso de casación (petición para anular la sentencia) ante la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en septiembre de 2018.

La Sala, por su parte, decidió anular la condena, por carecer de fundamentación e infringir las reglas de la sana crítica. Luego devolvió las diligencias al Tribunal de Sentencia de Cojutepeque, para que éste lo enviara a la Cámara Primera de lo Penal de la primera sección del centro, con sede en San Salvador.

La Cámara, luego de recibir el caso, ratificó la sentencia de la Sala de lo Penal, el 20 de diciembre de 2018. Luego ordenó un nuevo juicio para considerar las pruebas y apartó del caso a la jueza Velásquez. El nuevo juicio en contra de Evelyn, que revisará un juez distinto, fue programado para el próximo 24 de junio.

Loading...

Loading…

Pruebas ignoradas

Para entender las pruebas científicas que hay en el caso de Evelyn, GatoEncerrado buscó a una experta en el tema. La ginecostetra, Victoria Ramírez, explicó que el meconio son las primeras heces del feto y se producen cuando el trabajo de parto causa demasiado estrés en la mujer. 

“No es normal que el bebé dentro del útero secrete meconio. Lo que hay dentro del útero es liquido amniótico, que es lo que ingiere. De ahí saca nutrientes y otras cosas, pero lo expulsa y está haciendo auto digestión de ese líquido amniótico. Sin embargo, cuando existe estrés, ese líquido amniótico se convierte en meconio”, detalló la ginecostetra.

La aspiración del meconio causa en el bebé una irritación química a nivel de los pulmones y provoca una neumonía aspirativa que quema todo el tejido pulmonar. Luego de esto, el bebé se asfixia y muere.

La doctora Ramírez, quien ejerce como ginecóloga desde hace nueve años, aseguró a GatoEncerrado que la mujer no tiene nada que ver en la producción de meconio, puesto que el estrés se da por diversos factores. Entre esos están los partos intempestivos, es decir aquellos que no se dan en el tiempo normal.

“Un trabajo de parto, incluyendo todas las fases, puede durar 20 horas. Pero en la fase activa, en el trabajo de parto varía entre las 6 y las 10 horas, dependiendo si la mujer es primeriza o ya ha tenido más bebés. El trabajo de parto intempestivo es aquel donde esas 20 o 22 horas se acortan a una o dos horas, a veces hasta 30 minutos, y en eso no tienen nada que ver las mujeres. O sea, una mujer no decide ‘ahorita voy a tener una contracción y la otra la voy a tener en 10 minutos’”, detalló Ramírez.

En el caso de Evelyn, según lo expresó ella misma, no sabía de su estado de embarazo. El día de los hechos recuerda haber sentido ganas de ir a defecar, por lo que fue a la letrina. Este caso no es único, lo mismo ocurrió con Imelda Cortez.

La doctora Ramírez explicó que es normal que las mujeres sientan ganas de defecar al entrar a la labor de parto, como sucedió con Evelyn. Lo que ocurre es que cuando las mujeres entran a la labor de parto, la vagina está en contacto directo con el ano y cerca de la ampolla rectal (que es donde se almacenan las heces). Entonces, cuando el bebé baja, contramina la ampolla rectal y la mujer siente la necesidad de defecar.

“Si en este país no existieran las letrinas, sino solamente baños de lavar, los bebés cayeran en la taza y ninguna mujer estuviera presa. El problema es que aquí la gente pobre va a la  letrina y los bebes caen ahí”, dijo la doctora.

La experta agregó que parir en un hospital, con estrés tras la labor del parto y con un bebé expuesto a la aspiración de meconio, tampoco es garantía de que el recién nacido sobreviva: “Un niño que ha aspirado meconio puede nacer vigoroso e incluso llorar, pero después puede deprimirse a causa del meconio” , dijo Ramírez, quien afirmó que si eso ocurre en hospitales, es mucho riesgoso durante un parto extrahospitalario.

“¿Qué va hacer una mujer que en su casa tuvo un parto intempestivo, que el niño aspiró meconio y que probablemente nació respirando o hizo un pequeño esfuerzo y lloró? Pero como todos los pediatras saben, un niño con meconio puede nacer llorando, vigoroso, pero posteriormente se deprime, porque quizá ese meconio que había quedado en el trayecto de las vías respiratorios cuando hace el esfuerzo de inhalar, llega hasta los bronquios y entonces se produce el síndrome de aspiración meconial”, aseguró Ramírez.

Datos

Datos proporcionados por la oficina de acceso a la información del Ministerio de Salud indican que desde 2015 hasta 2018 hubo 24 bebés que nacieron muertos por aspiración de meconio. 

Los datos también señalan que en ese periodo hubo 60 muertes neonatales tempranas, es decir que nacieron vivos pero que murieron entre los 0 y 7 días.

Sistema de justicia contra la mujer 

Abogados que defienden a mujeres que han sufrido partos extrahospitalarios y emergencias obstétricas dicen que en algunos juicios se escuchan con frecuencia frases como: “Una verdadera madre protege a su hijo, no permite que muera en un parto” o “¿Cómo es que una mujer no va a saber que está embarazada?”.

Ricardo Langlois, de la Fundación para Estudios del Derecho (FESPAD), es uno de esos abogados que comentó, a esta revista, cómo se reflejan los estereotipos de género en el personal de las instituciones encargadas de impartir justicia.

“A pesar de que pueda pensarse como algo no tan jurídico, lo es. Le voy a dar las razones: actualmente en el derecho existe una corriente que se llama funcionalismo, que consiste en que cada persona en una sociedad tiene roles que debe cumplir, entonces la fiscalía cree que una mujer (por su rol) se va a dar cuenta que está embarazada, que tiene que ir a un centro para cuidar su embarazo, y que si no hace eso son elementos indiciarios para demostrar una voluntad homicida. Lo cual no es correcto, porque eso es especular. Uno debe tener elementos probatorios para poder determinar un hecho”, dijo Langlois.

El abogado agregó que esa forma de ver los hechos (por el rol de la mujer)  ignora aspectos científicos, médicos y sociales. Algunos de esos es la escasez de recursos económicos en que viven la mayoría de mujeres y que no le permite ciertas acciones, como estar en control prenatal, su estado de salud y su entorno.

“Es necesario el enfoque de género en estos casos. Tenemos que ver la realidad, no sola probatoria, sino social. Hay que verlo desde la perspectiva humana de la mujer, su origen de escasos recursos, su educación, desde sus circunstancias. Este enfoque nos permite depurar causas que ni siquiera deberían estar judicializadas”, mencionó.

Para Langlois, quien también es parte del equipo de defensa de Evelyn, el hecho de haber encontrado meconio en los bronquios del recién nacido debería ser prueba suficiente para demostrar la inocencia. 

“No hubo una intención homicida, lo cual ya se ha reiterado hasta el cansancio en el proceso penal e incluso en los medios de comunicación para demostrar el nivel de desentendimiento y hasta aplastamiento a la mujer. Y aún así los resultados se quedan fijos. Eso demuestra que la cultura salvadoreña al trato de la mujer no solo es conservadora, sino que es de misoginia generalizada”, dijo.

Bertha María Deleón, una de las defensoras, también ha dicho en sus redes sociales que “Evelyn está procesada injustamente, ya que la autopsia revela meconio en los bronquios y estómago del bebé”. 

Evelyn Hernández, en la marcha del 8 de marzo. Foto cortesía de la Agrupación Ciudadana

Penalización absoluta

Keyla Cáceres, feminista y activista de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización de Aborto, ante esta realidad, le dijo a GatoEncerrado que lamenta los casos que tienen relación con emergencias obstétricas, partos extrahospitalarios o abortos espontáneos en el país, porque terminan en condenas de hasta 30 años de prisión, por la penalización absoluta del aborto.

“Estas muertes, que son frecuentes cuando no ocurren dentro de las instalaciones del sistema de salud pública, se vuelven un delito. Con base en eso, seguimos viendo cómo se aplica todo el peso de la ley a mujeres que no tienen idea de lo que sucede con las personas recién nacidas, que mueren dentro de la mujer gestante o posterior al parto”, opinó Cáceres.

En las actualidad, más de 15 mujeres están están condenadas a penas de hasta 30 años de prisión, acusadas de homicidio agravado. Muchas de ellas no han tenido defensores privados, porque no pueden pagarlos.

En 2016, las organizaciones feministas presentaron ante la Asamblea Legislativa una iniciativa de ley que buscaba despenalizar el aborto bajo cuatro causales: cuando el embarazo sea producto de violación sexual, cuando el embarazo resulte de trata de personas, cuando el embarazo ponga en riesgo la vida de la mujer y a menores de edad, cuando sean víctimas de abusos.

El caso de Evelyn no se trata de aborto, sino de un parto extrahospitalario. No obstante, como ha sucedido antes, las autoridades inician con sospecha de aborto y luego acusan a las mujeres de homicidio agravado.

Una vez más, el caso de Evelyn pone en la agenda pública salvadoreña el debate sobre las leyes que persiguen a las mujeres cuando existe sospechas de aborto y luego son condenadas por homicidio agravado.

Esto ha sido algo típico que ha ocurrido en casos como el de Teodora (2008), Imelda (2018), Marisela (2019) y las 17 y más, en los cuales la fiscalía ha señalado ese delito, según organizaciones de la sociedad civil que luchan por los derechos de las mujeres criminalizadas por  el sistema judicial, tras casos de abortos-homicidios que no cometieron.

Get notified of the Latest Sport News Update from Our Blog