“El Ministerio de Medio Ambiente ha sido demasiado permisivo con el otorgamiento de permisos”: magistrado Lizama

La Cámara Ambiental es una de las instancias judiciales que ha visto las denuncias por la construcción irregular de la familia Zablah Safie en el cerro Afate. El magistrado propietario, Samuel Lizama, explica en esta entrevista para GatoEncerrado cómo han llevado el proceso y las irregularidades identificadas. También critica al MARN en el otorgamiento de permisos ambientales.

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El Juzgado Ambiental de Santa Ana ha abierto tres expedientes por la construcción en el cerro Afate, ¿cómo se entera la Cámara de esta denuncia y qué ha hecho?

Este caso nos vino en virtud de una apelación que interpuso el abogado Juan Ramón Avelar Contreras en contra de la Sociedad Desarrollo Aguas Calientes Sociedad S.A. de C.V. Ha sido presentado en dos ocasiones. En la primera, se anuló la decisión del Juzgado Ambiental de Santa Ana mediante una decisión de esta Cámara del 24 de julio de 2019. La razón fue porque el Juzgado Ambiental no motivó adecuadamente las razones por las cuales declaraba “improponible” la petición del abogado y la rechazó de entrada. A nosotros nos pareció que los argumentos de la decisión no estaban y anulamos en aquella ocasión esa decisión.

La segunda apelación vino por el mismo abogado, el 17 de octubre de 2019. Nuevamente hemos tenido que anular la decisión del Juzgado Ambiental de Santa Ana mediante una decisión de esta Cámara del 23 de octubre de 2019. Decidimos anularlo porque hubo una notificación solo de una parte de la resolución, no fue una notificación completa. 

En la segunda anulación se puede entender que fue un error involuntario, humano. Pero en la primera anulación, magistrado, ¿qué evaluaron para decir que la decisión de la jueza no estaba sustentada?

Lo que evaluamos es que no habían los argumentos suficientes para declarar improponible la petición del abogado. Una improponibilidad es un rechazo inicial de una petición de una parte y en este caso nos pareció que no estaban dando las razones. Además, la ley establece que hay causales por las cuales se puede declarar improponible una petición de algún abogado. Esas causales están en el artículo 277 y en este caso ni siquiera había una invocación de una causal y fundamentada adecuadamente. Y por esa razón fue que decidimos anularlo. 

La jueza ambiental de Santa Ana, Norma de Milla, ha dicho que está atada de manos porque el MARN ya aprobó el desarrollo urbanístico del cerro Afate. ¿Hasta dónde puede llegar la institución cuando existen permisos?

Los permisos, de la naturaleza que sean, no tienen ninguna importancia para efecto de determinar si hay un daño al ambiente o no. Una actividad, cualquiera que esta sea, puede tener todos los permisos legales, de la actividad que se realiza y sin embargo estar causando un daño al ambiente. Por el contrario, también puede darse la situación que alguien no tenga los permisos y además estar causando daño al ambiente. Lo importante en la jurisdicción ambiental no es que existan permisos o no. Lo importante es, y eso fija la competencia del tribunal, si hay un daño al ambiente o no hay un daño al ambiente. Si hay un daño al ambiente, los tribunales deben intervenir y tomar todas las medidas necesarias para evitar que se siga produciendo o si ya se produjo para deducir responsabilidad para que se restaure el daño o para que se indemnice en caso de que no se pueda restaurar. Los permisos administrativos de Medio Ambiente, de las alcaldías, de la Opamss, eso no tiene importancia para determinar si tiene daño o no. La competencia de los juzgados ambientales es para resolver casos donde hayan daños al medio ambiente o amenazas de daños al medio ambiente y no tienen ninguna trascendencia los permisos. 

En el caso del cerro Afate, la sociedad Desarrollos Agua Caliente empezó la obra con un permiso vencido en 2009. Las condiciones del bosque habían cambiado. En 2019, el MARN clasificó el lugar como “máxima conservación”. Con ese contexto, ¿hasta dónde puede llegar un desarrollador con un permiso ambiental?

Yo creo que es bien importante tener en cuenta que una persona natural o una empresa aún teniendo todas los permisos que la ley le exige para el desarrollo de sus actividades económicas puede, sin embargo, causar un daño al medio ambiente.  No hay conexión entre una cosa y la otra. Y podemos ver ejemplos: el caso de La Magdalena tenía todos los permisos legales de funcionamiento, pero produjeron un daño en el ambiente. Y así podríamos considerar otros casos. Por tanto, al órgano judicial le toca intervenir cuando hay un daño o una amenaza de daño, independientemente de que se haya hecho con permisos. Por supuesto, que la condición de haberlos ejecutado sin permisos agravará la situación jurídica del que ha realizado el daño, pero el daño lo puede cometer tanto alguien que tiene permisos como alguien que no los tiene. Creo que en el caso del lago de Coatepeque ha habido un proceso donde se han ido estableciendo una serie de actividades humanas de diversa naturaleza, de vivienda, de comercio, etc, que están teniendo una alta incidencia en la contaminación del lago. Donde tanto las autoridades administrativas como es el Ministerio de Medio Ambiente y el Juzgado Ambiental de Santa Ana tienen un rol importante para contener esa situación.

 

¿Qué falta para que todas las instituciones se integren y resuelvan los problemas del lago? 

Yo creo que el Ministerio de Medio Ambiente ha sido históricamente demasiado permisivo con el otorgamiento de permisos. Han sido, además, débiles en cuanto al mecanismo de evaluar los proyectos que se hacen. Y además, burocráticos porque no los han resuelto en los tiempos correspondientes. Una petición de permiso debería ser resuelta con celeridad en el tiempo, pero eso no significa que no se va a hacer con todo el rigor de la evaluación que corresponda. Lo que hemos tenido es permisividad y retraso, como dos rasgos que caracterizan la actuación del ministerio. Esto ha venido a afectar la configuración del campo, de las ciudades, de las actividades económicas, de los ecosistemas que de repente resultan dañados por todo este tipo de actividades sin control. Y luego, las medidas compensatorias no son suficientes. Lo más grave de todo, quizás, es que nunca hay un control adecuado a posteriori. Una vez se ha otorgado el permiso, controlar de que efectivamente estén cumpliendo con las condiciones que los permisos establecen. Eso es lo que tenemos aquí. Nunca hemos tenido una autoridad ambiental fuerte que exija sin ahogar la actividad económica y que exija cumplimiento de la ley ambiental, lamentablemente. 

El permiso ambiental con el que empezó la obra Desarrollos Agua Caliente tenía vigencia de un año. ¿Pierden vigencia o no los permisos del MARN?

Los permisos establecen su propio tiempo de vigencia. Eso lo establece el ministerio en cada permiso que otorga. De manera tal, que las actividades que se realizan deberían de estar dentro de los tiempos que el ministerio estipula. Hay permisos que son de construcción y de ubicación de la obra, pero hay otros que son ya para  el funcionamiento de la obra, o sea, cuando la obra ya está terminada. Ambos permisos tienen su propia etapa temporal. Y los que lo obtienen tienen que ceñirse a esos tiempos, si no se ciñen tendrán que hacer una nueva adaptación o actualización de sus estudios y de sus posibles impactos ante la autoridad ambiental, para determinar si ha habido una variación respecto al tiempo original en que se otorgaron y el tiempo en el que realmente se están ejecutando. Ahí es cuando la evaluación de los técnicos debería de funcionar. Porque no pueden darle un tiempo que no esté de acuerdo a las dimensiones de la obra que se va a ejecutar. Eso dependerá de las características del proyecto. El tiempo debería ser ajustado a las condiciones del proyecto. 

¿Qué se puede hacer cuando hay permisos irregulares?

Los permisos se pueden evaluar en las jurisdicciones de lo Contencioso Administrativo. Se puede ir a pedir la nulidad de un permiso o que se deje sin efecto el permiso, eso sí es una competencia contencioso administrativo. En otros países, los tribunales ambientales tienen competencias también para anular permisos. Aquí nosotros no la tenemos.