Opinión

Dulces envenenados

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Ruth Eleonora López

Ruth Eleonora López es licenciada en Ciencias Jurídicas de la Universidad de la Habana, Cuba; posee un máster en Derecho Electoral por la Universidad de Castilla La Mancha y en Derecho Societario por la Universidad de Barcelona. Fue asesora jurídica de la dirección general del Seguro Social y de la presidencia del Tribunal Supremo Electoral. En la actualidad es jefa jurídica Anticorrupción y Justicia de la organización defensora de derechos humanos Cristosal.

Contrario al discurso de aumento permanente del apoyo popular, tanto cargar a todos los electores del exterior que voten por internet en la circunscripción de San Salvador, como el cambio de reglas electorales y con ello la modificación de los tres elementos del sistema analizados tienen por objetivo, sin duda alguna, que el partido de gobierno pueda mantener o superar la aritmética actual para evitar los controles institucionales. Esa es la verdadera razón, lo demás son solo lentejuelas para llamar la atención y dulces envenenados para darle la estocada final a la moribunda democracia.

Por Ruth Eleonora López * 

Se ha puesto de “moda” —otra vez— hablar de reducir diputados, disminuir municipios y modificar el sistema de cocientes y residuos. En términos electorales, lo que se discute es cambiar la magnitud y la fórmula de asignación de escaños para las diputaciones y reducir las circunscripciones municipales, ¿Pero qué implicaciones tendrían estos cambios en los resultados electorales?, ¿cuál es la intención del partido oficial?

En El Salvador hay cuatro sistemas electorales: municipal, legislativo nacional, Parlamento Centroamericano (Parlacen y presidencial. Cada elemento, de cada uno de estos sistemas, difieren entre sí. Por ejemplo, las circunscripciones son distintas: en el municipal hay 262, en el legislativo 14 y para el presidencial y Parlacen solo una, la nacional. 

La magnitud, es decir, cuántos funcionarios se eligen en cada circunscripción es diferente y también es distinta la forma en que se eligen: puede ser individual, como ocurre en la elección presidencial; o a través de listas, como la elección de diputados. Hay diferencias también en la forma de expresión del voto, que puede ser único como ocurre en El Salvador o si son varios votos como en Honduras. Las barreras electorales (que pueden incluir cuántos respaldos hay que tener para inscribirse como candidatura no partidaria o como partido) y la fórmula electoral (es decir, cuál es la operación matemática para que los votos se conviertan en puestos públicos) son los elementos de cada uno de los sistemas electorales que, por supuesto, son diferentes entre sí. Analicemos entonces cómo los cambios propuestos en los elementos de los sistemas electorales se traducen en efectos, que no son ingenuos, sobre los resultados. 

Menos diputados 

Disminuir diputados implica intervenir en un asunto de ingeniería constitucional que incide en la representación parlamentaria, por lo que el discurso que relaciona el tema con la disminución de gastos es solo el envoltorio mediático; especialmente cuando recordamos que en 2002 el presupuesto de la Asamblea Legislativa era de $16,764,285, mientras que el aprobado para 2023 es de $57,600,00 y son los mismos 84 diputados; es decir, el presupuesto incrementó en un 343.57% mientras que los diputados siguieron siendo 84. Si se tratara solo de gastos, los mismos diputados tienen la llave para recortarse los gastos, pero no la utilizan. 

Al escuchar al presidente de la Asamblea Legislativa, Ernesto Castro, referirse a que el número de diputaciones que deberían integrar el Órgano Legislativo son 50, sin tener en cuenta los quórums de funcionamiento que la Constitución le establece a la Órgano Legislativo, me pregunto: ¿Es desconocimiento o intencionalidad política?

La Asamblea se integra y aprueba asuntos generales con la mitad más uno del total de diputados (43 de 84). Con dos tercios o más (56 de 84) pueden: Declarar la incapacidad física o mental del presidente, vicepresidente o de los funcionarios electos por la Asamblea; suspender o reestablecer garantías constitucionales; ejercer funciones de control como superar vetos, elegir a magistrados (de la Corte Suprema, Corte de Cuentas, Tribunal Supremo Electoral), a los titulares del Ministerio Público (Fiscalía General de la República, Procuraduría General y Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos) y los miembros del Consejo Nacional de Judicatura; facultar al Ejecutivo para pedir préstamos y ratificar reformas constitucionales. Por último, las tres cuartas partes de los diputados (63 de 84) deben votar a favor para poder ratificar cualquier tratado en el que se discutan los límites territoriales del país o que esté relacionado al territorio nacional. 

Estas mayorías implican que la Asamblea Legislativa debe estar integrada por un número de diputados que permita obtener cifras enteras, no fracciones, porque no pueden haber 43.5 votos; por lo tanto, debe ser un número entero atendiendo a las votaciones expuestas, divisible entre 2, 3 y 4, cuyo mínimo común múltiplo es 12. Por eso, hablar seriamente de una reducción de diputados empieza por, al menos, tener idea de este particular. De ahí que el número de diputados podría ser 48, 60, 72, si se piensa en reducir, o 96, por ejemplo, si se piensa en aumentar. 

Asimismo, hay que tener en cuenta, por un lado, que si la base del sistema electoral es la población, se necesita un censo actualizado, porque el que se utiliza es del 2007, que fue actualizado en 2009. Por otro lado, la reducción de diputados aumentaría considerablemente la sobrerrepresentación; es decir, tendrían más diputados de los que les corresponden por la población que tienen Cabañas, San Vicente, Morazán, Chalatenango, Cuscatlán y La Unión. Mientras, otras circunscripciones como San Salvador, Santa Ana, San Miguel y La Libertad estarían subrepresentadas, lo que significa que tendrían menos diputados de los que según la población que poseen les tocaría. Así, de contar con 24, 7, 6 y 10, solo poseerían 16, 4, 3 y 6, respectivamente. 

Este fenómeno se produce porque, según jurisprudencia constitucional y por regla del Código Electoral, el carácter pluralista del sistema implica que debe haber al menos 3 diputados por circunscripción. En consecuencia, no se trata solo de decir números al azar, es un ejercicio serio de ingeniería constitucional que afecta la representación.

Menos municipios 

En cuanto a reducir los concejos municipales a alrededor de 50, con esta medida se pretende dar una respuesta a la mala gestión municipal, que irremediablemente llevará a una

disminución de las alcaldías en manos del oficialismo. Debemos recordar que producto de la elección de 2021, de 262 municipios el partido cian obtuvo 149 lo que representa el 56.87% de los gobiernos locales. Agrupar municipios les podría permitir mantener dicha proporción y que la pérdida de los territorios no represente una derrota política que evidencie el retroceso de la gestión partidaria. Además, una supuesta mala administración no tiene que ver exclusivamente en el control del gasto sino también en la buena gestión de la ejecución de las funciones y obras de cada municipalidad. Y es que, si de gasto se tratara, actualmente el FODES (Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios de El Salvador) lo “administra” el gobierno central pero esta decisión ha traído peores resultados que cuando era responsable cada alcaldía. Por ende, la modificación al sistema electoral municipal no se refiere exclusivamente a intentar reducir el gasto, al menos no el de los gobiernos municipales, tiene implicaciones culturales, identitarias, administrativas, laborales para quienes son parte de esos concejos, etc.

Eliminar los residuos

Por último, abordemos los cocientes y los residuos que obedecen a la fórmula electoral legislativa, que no es más que la operación matemática para convertir los votos en escaños. El presidente de la Asamblea Legislativa dijo en una entrevista de televisión que no le parece democrático que algunos diputados de oposición ganaron una curul por residuo, mientras candidatos de su partido obtuvieron más votos y se quedaron fuera; evidenciando un absoluto desconocimiento al confundir votos con marcas. Lamentable que el presidente del Órgano Legislativo desconozca que con los votos se alcanzan escaños (lo que explicaremos a continuación) y con las marcas solo se decide la posición de preferencia de las candidaturas dentro de un partido político.

La fórmula que se utiliza en la elección presidencial, como en la elección de alcaldes y síndicos, es de mayoría. Para elegir a quien ocupará la presidencia, los ciudadanos votan por una sola opción de todas las posibles y gana quien obtiene la mitad (50 %) más uno de los votos, ya sea que lo logre en primera elección (o primera vuelta) o hasta la segunda elección (o vuelta). 

En cuanto a la elección legislativa, es diferente. La Constitución dice que la ley debe garantizar una representación proporcional, lo que significa que debe procurarse que la mayor cantidad de población se encuentre representada en dicho Órgano. 

Para lograr la proporcionalidad hay distintas fórmulas, unas la garantizan más que otras que dejan fuera a más grupos poblacionales. Nuestro país desde 1963 adoptó la fórmula (Hare de restos mayores) más proporcional; es decir, es la que asegura que exista una mayor representatividad de los electores, y que, por cierto, ya tuvo la oportunidad de ser examinada por la jurisprudencia constitucional y por renombrados politólogos. 

Un cambio de fórmula a D´Hondt, por ejemplo, como la utilizada en Guatemala, implicaría que los partidos con menos votos les fuese más difícil acceder a un escaño. Por ejemplo, el partido GANA de 5 diputados que obtuvo (sin coalición) habría obtenido 1; mientras que Vamos y Nuestro Tiempo no habrían obtenido escaño alguno. Con esta fórmula se favorece al partido que más votos posee. 

Aunque Nuevas Ideas también se favoreció de los residuos al obtener 6 diputados en 2021, nada es casual. Este cambio tendría un efecto en el sistema de partidos políticos, ya que se consolidaría un sistema de partido predominante o incluso podría llegar a cambiar a un sistema de partido único y con ello se elimina toda idea de democracia en el país, puesto que ya no habría contendientes en las elecciones. 

Conclusión 

Contrario al discurso de aumento permanente del apoyo popular, tanto cargar a todos los electores del exterior que voten por internet en la circunscripción de San Salvador, como el cambio de reglas electorales y con ello la modificación de los tres elementos del sistema analizados tienen por objetivo, sin duda alguna, que el partido de gobierno pueda mantener o superar la aritmética actual para evitar los controles institucionales. Esa es la verdadera razón, lo demás son solo lentejuelas para llamar la atención y dulces envenenados para darle la estocada final a la moribunda democracia.

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Ruth Eleonora López es licenciada en Ciencias Jurídicas de la Universidad de la Habana, Cuba; posee un máster en Derecho Electoral por la Universidad de Castilla La Mancha y en Derecho Societario por la Universidad de Barcelona. Fue asesora jurídica de la dirección general del Seguro Social y de la presidencia del Tribunal Supremo Electoral. En la actualidad es jefa jurídica Anticorrupción y Justicia de la organización defensora de derechos humanos Cristosal.

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