Los cuatro artículos de la Ley Penitenciara que violaron las pornofiestas

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La publicación de dos videos que reflejan los beneficios y comodidades con las que cuentan algunos reos en los centros penales de El Salvador, ha acentuado las investigaciones de los beneficios a causa de la tregua entre pandillas y el Gobierno salvadoreño, a cambio de la disminución de homicidios entre 2012 y 2013.


Por Redacción Gato Encerrado 

Ley Penitenciaria de El Salvador

 

Tras la publicación de dos videos en donde se observan a tres mujeres bailando desnudas entre cientos de reos del penal de Izalco en Sonsonate; y la de un cabecilla de pandillas teniendo relaciones sexuales con una mujer en una habitación rodeada de artefactos tecnológicos y comodidades en una celda del penal de Ciudad Barrios en San Miguel, es necesario saber qué dice la Ley Penitenciaria de El Salvador al respecto.

Tras un análisis de las 56 páginas que comprenden la Ley, GatoEncerrado ha identificado al menos cuatro artículos que hacen referencia cercana a los polémicos beneficios captados en video. Uno de ellos (el del baile) se realizaba en honor a la Virgen de Las Mercedes, patrona de los privados de libertad con fechas 24 y 25 de septiembre de 2012.

1. Artículo 14 numeral 7: “Ningún tipo de aparatos de telecomunicación y aparatos electrónicos, eléctricos o de batería tales como teléfonos celulares, cocinas, radios de comunicación o ventiladores para su uso personal; asimismo se prohíbe la tenencia de objetos o componentes o accesorios para comunicación tales como chips, tarjetas telefónicas u otros similares para el mismo uso(…)”.

En el video publicado por una cadena de televisión salvadoreña, se aprecia que en la habitación donde Elmer Canales Rivera, alias “El Croock”, quien está detenido por el delito de secuestro y quien además es considerado por Estados Unidos como un peligroso criminal trasnacional, y su acompañante mantienen relaciones sexuales, hay varios aparatos electrónicos como pantalla plasma, espejos, equipos de sonido, ropa, ventiladores, discos, además del teléfono celular con el que graba el momento.

Video publicado por Grupo Megavisión

https://youtu.be/eG0-95GeJMY

2. Atículo 83 numeral 4 dice: Con respecto a las características de los empleados de centro penales: “Ser de notoria moralidad y honradez”.

En el video donde aparecen tres mujeres bailando a un amplio grupo de reos, también se logra captar a un custodio del centro penal, que con celular en mano, se une al jolgorio y capta el momento de los sensuales bailes de las invitadas, al calor de la música de regetón y luces de discoteca, artefactos que podría considerarse también prohibidos por la ley.

Video propiedad de La Prensa Gráfica

3. El artículo 85-literal “g” menciona: “Incurrir en negligencia en los servicios de custodia y vigilancia”.

El mismo custodio se ve en aparente abandono de sus funciones como custodio penitenciario, se inclina y al mismo nivel de los reos, saca fotografías del evento y por momentos parece desentenderse de sus funciones.

custodio

Captura de pantalla previo a la eliminación del video original del sitio de YouTube.

 

4. El artículo 85-C literal “k” expresa: “Poseer en su lugar de trabajo objetos ajenos al desempeño de sus labores o no autorizados en los protocolos de seguridad”.

El mismo custodio posee lo que parece un teléfono celular con cámara para grabar el momento.

La Dirección General de Centros Penales ya ha confirmado una investigación de ambas acciones, y aseguró que en cuanto al video del baile de las tres mujeres, corresponde a la celebración de la Virgen de Las Mercedes, patrona de los reos.

izalco

Divulgación de permiso emitido por autoridades del Centro Penal de Izalco para la realización de la polémica “Pornofiesta”.

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