Bitácora judicial

Bukele y Ponce fueron citados por la Sala para explicar qué han hecho tras la inconstitucionalidad de la amnistía

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Por Karen Moreno

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Emerson Flores

Familiares sepultan restos de víctimas de la masacre El Calabozo, ocurrida en 1982. Foto/Emerson Flores

El presidente de la República, Nayib Bukele, y el presidente de la Asamblea, Mario Ponce, fueron citados por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), junto a otros funcionarios públicos, a una audiencia de evaluación de cumplimiento de derogatoria de la Ley de Amnistía General, que se realizará el próximo 30 de octubre, para que expliquen si han cumplido con sus obligaciones en favor de los sobrevivientes y víctimas del conflicto armado ocurrido entre 1980 y 1992.

La audiencia de evaluación había sido convocada originalmente para el 15 de abril pasado, pero por las medidas tomadas ante la pandemia por COVID-19 fue suspendida.

Del Ejecutivo, también deberán asistir Alejandro Zelaya, ministro de Hacienda, y René Merino Monroy, ministro de la Defensa Nacional. La Sala convocó, además, al fiscal general Raúl Melara; al procurador para la defensa de los derechos humanos Apolonio Tobar; a los abogados del Instituto de Derechos Humanos de la UCA (Idhuca) Arnau Baulenas Bardía, Manuel Ernesto Escalante Saracais y José María Tojeira, quienes llegarán en su calidad de amigos del tribunal, admitidos por resolución de seguimiento del 18 de junio de 2018; y también fueron citados los demandantes de cada uno de los procesos.

En julio de 2016, la Sala declaró inconstitucional la Ley de Amnistía, debido a que los artículos 1 y 4 impedían “el cumplimiento de las obligaciones estatales de prevención, investigación, enjuiciamiento, sanción y reparación de las graves violaciones a dichos derechos”.

La Sala determinó en esa sentencia que la Asamblea Legislativa tenía el mandato de crear un documento legal que garantizara el acceso a la información pública sobre los hechos relacionados a crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra ocurridos durante el conflicto armado, así como la disposición de recursos para responder a víctimas y familiares, y las medidas de reparación integral para las víctimas.

Al Órgano Ejecutivo le impuso la obligación de diseñar, implementar y dar seguimiento a políticas de Estado para garantizar los derechos fundamentales y asignar recursos para cumplirlos. La Fiscalía, por su parte, debe investigar hechos ocurridos durante el conflicto armado que pudiesen ser calificados como delitos de lesa humanidad. 

Los magistrados de la Sala comprobaron el incumplimiento de la sentencia por parte de los órganos Ejecutivo y Legislativo. En febrero de este año, la Asamblea Legislativa aprobó la Ley Especial de Justicia Transicional, Reparación y Reconciliación Nacional, la cual fue vetada por el presidente Nayib Bukele. 

Los magistrados de la Sala también ordenaron que se comunique a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) la resolución y la grabación de la audiencia de seguimiento para evaluar el cumplimiento de la sentencia de 2016.

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