Foto/Emerson Flores/Archivo
La Cámara Ambiental ordenó, este 7 de junio, que el ministro de Medio Ambiente “no otorgue” el permiso ambiental para la construcción e instalación del octavo proyecto hidroeléctrico en el río Sensunapán. La Cámara argumentó que es una amenaza no solo para el medio ambiente y el hábitat de especies, sino que afectaría aún más la vida y salud de las personas que viven en las comunidades aledañas. La Cámara también ordenó que el ministro de Salud y las alcaldías de la zona limpien el río y requirió a la Asamblea Legislativa que decrete una Ley General de Aguas.
La Cámara Ambiental de Segunda Instancia ordenó al ministro de Medio Ambiente, Fernando López Larreynaga, que niegue el permiso ambiental solicitado por la empresa Sensunapán S.A de C.V. para construir e instalar una octava hidroeléctrica en el río Sensunapán, a través del proyecto “Pequeña Central Hidroeléctrica Nuevo Nahuizalco II”. La resolución, con número de referencia 01-2021-MC-Amb (4), explica que “además de que es previsible la afectación al medio ambiente en sus componentes biótico, abiótico, estético y cultural (…) es previsible la afectación a derechos interrelacionados con el medio ambiente tales como el derecho a la salud, calidad de vida, al agua”.
“La decisión nuestra es de medidas cautelares. Como es una resolución de naturaleza cautelar, las autoridades a las cuales se les ordena estas medidas tienen la obligación de cumplirlas”, dijo el magistrado de la Cámara, Samuel Lizama, a GatoEncerrado, luego de que la resolución fue emitida el 7 de junio pasado.
La resolución también señala que el proyecto de la octava hidroeléctrica es una amenaza para los ecosistemas, la accesibilidad del agua de las comunidades aledañas al río Sensunapán y los sitios sagrados de los pueblos originarios Nahuat Pipil. Según el documento, la construcción provocaría la disminución del caudal del río, dañando considerablemente el hábitat de diferentes especies. De igual forma, la infraestructura para las canaletas afectaría el área de uso restringido del suelo y el cauce del río.
En su informe técnico, el Equipo Multidisciplinario de la Unidad de Medio Ambiente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) concluyó que sobre la cuenca del Sensunapán existe daño ambiental y disminución del caudal por el manejo inadecuado del recurso hídrico de las otras siete represas que están instaladas en el río, pero principalmente sobre el sitio sagrado Cital-Panisca.
Esas siete represas instaladas sobre la cuenca del Sensunapán son: las plantas generadoras Cucumacayán, Sonsonate y Bululú, todas de la Compañía Eléctrica Cucumacayán; la planta Nahuizalco, de Sensunapán S.A. de C.V.; planta Papaloate, de la Hidroeléctrica Papaloate S.A. de C.V.; la planta Juayúa, de la Hidroeléctrica Juayúa S.A. de C.V.; la planta La Calera, de Matheu y Compañía S.A. de C.V. Esta última funciona desde 1951 y aún se encuentra elaborando su estudio de impacto ambiental, según el sitio de consulta integrada del MARN.
Sobre estas represas, la Cámara Ambiental no encontró los permisos ambientales bajo los cuales están funcionando (o funcionaron en el pasado). Así que en la resolución, la Cámara también ordenó al Ministerio de Medio Ambiente que le entregue los permisos para revisarlos.
En el caso del estudio de impacto ambiental que elaboró la empresa Sensunapán S.A de C.V., para construir la octava hidroeléctrica, la Cámara observó que no contempla medidas para enfrentar los impactos que causaría el proyecto sobre los sitios sagrados y culturales de las comunidades.
La Cámara, en su resolución, fue enfática en señalar que en el río hay contaminación por residuos y desechos sólidos, según constató el Equipo de la Unidad Ambiental de la CSJ. Lo anterior, según las inspecciones, evidencia mala gestión de desechos sólidos por las municipalidades. Por esa razón, en la resolución también ordenó al ministro de Medio Ambiente y al ministro de Salud, Francisco Alabí, que se coordinen con las alcaldías de la zona para que hagan limpieza del río y rindan mensualmente un informe sobre las acciones de disposición de residuos y desechos sólidos.
Sobre las afectaciones culturales que las represas han dejado en la zona, la Cámara Ambiental también ordenó al Ministerio de Cultura que entregue informes de las acciones que hace para la protección del patrimonio cultural tangible e intangible de la cuenca.
En la resolución, la Cámara también requirió a la Asamblea Legislativa que “decrete una Ley General de Aguas” que desarrolle el contenido del artículo 117 de la Constitución de la República “en cuanto a la regulación de los recursos naturales del país, ya que a esta fecha, no existe tal regulación”. Sobre esta ley, el presidente de la República publicó en su página de Facebook que enviará a su Asamblea una propuesta de ley y que será aprobada en menos de 90 días. La nueva Asamblea Legislativa, dominada por el partido oficialista Nuevas Ideas, decidió enviar al archivo la discusión de la ley que por 15 años hicieron, sin avances reales, las legislaturas anteriores.
Líderes del cantón Sisimitepet y miembros del Comité Ambiental de Nahuizalco, que hablaron con GatoEncerrado, celebraron la resolución de la Cámara Ambiental en favor de las comunidades y del río Sensunapán. José Francisco Morán dijo que es un logro que las comunidades esperaban desde hace 17 años. La lideresa Sofía Morán la calificó como un acto de justicia.
“Nosotros le hemos gritado desde hace 17 años que esa octava represa sería la muerte para el río, un caudal que por años ha dado vida a las comunidades. Nosotros lo vemos como un acto de justicia muy esperanzador”, comentó Sofia Morán a esta revista.
Los líderes comunitarios esperan que el Ministerio de Medio Ambiente acate la resolución y no otorgue el permiso ambiental a la empresa Sensunapán, solicitado nuevamente el 12 de julio de 2019, cuando Nayib Bukele recién había tomado posesión del Ejecutivo y en medio de la polémica orden presidencial de agilizar los permisos ambientales para “dinamizar” la economía. En 2014, el Ministerio de Medio Ambiente ya había rechazado el proyecto.
“Nosotros esperamos que el Ministerio acate la resolución. Como entidad competente para la protección de los bienes naturales deben cumplir estas medidas. Si ellos (el Ministerio) cumpliera su papel de cuidar el medio ambiente no necesitaríamos que las comunidades nos levantaramos a reclamar nuestros derechos”, agregó la lideresa.
De igual forma, las organizaciones Unidad Ecológica Salvadoreña (UNES) y la Fundación de Estudio para la Aplicación del Derecho (FESPAD), se mostraron satisfechos con la decisión de la Cámara Ambiental.
Sensunapán S.A. de C.V. opera en Nahuizalco desde 1998 con la Pequeña Central Hidroeléctrica Nahuizalco I; y tiene 15 años de insistir con el permiso ambiental para su segunda central hidroeléctrica. Bajo ese contexto, el 12 de julio de 2019, el presidente y representante legal de Sensunapán S.A. de C.V., Carlos Roberto Grassl Lecha, ingresó nuevamente el formulario ambiental en el MARN, según consta el registro de esa institución.
GatoEncerrado solicitó una entrevista con el ministro Fernando López, por medio del equipo de comunicaciones del MARN, para conocer su reacción ante la resolución, pero al cierre de esta nota no hubo respuesta.