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Incendio en exfábrica Record ocurrió mientras PNC tenía orden judicial de custodiar

En julio de 2019, el hurto de las láminas que protegían los desechos tóxicos y el nulo protocolo de retiro de los mismos hizo que la Cámara Ambiental de Segunda Instancia de San Salvador ordenara una serie de medidas cautelares para evitar que los contaminantes se esparcieran. Asimismo que la Policía custodiara la exfábrica, pero el incendio de este 2 de agosto dejó en evidencia que la Policía incumplió. El siniestro también ocurrió mientras el MARN debería estar presionando a la sociedad Baterías de El Salvador, S.A. de C.V., para que repare el daño ocasionado en el cantón Sitio del Niño.

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Por Carolina Amaya

El incendio ocurrido la noche del 2 de agosto en la planta de producción de la exfábrica de baterías Record, con graves consecuencias para la salud humana por la exposición al plomo abandonado en el lugar, fue provocado y no accidental, según la investigación preliminar de los Bomberos de El Salvador. Las instalaciones no tenían ninguna medida de protección y tampoco estaba custodiada por nadie. Eso a pesar de que en 2019, la Cámara Ambiental de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) había ordenado que la Policía Nacional Civil (PNC) custodiara las instalaciones, como parte de las medidas cautelares emitidas en un proceso para que el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) ordenara la inmediata reparación del daño ambiental. 

La vulneración del lugar, el incendio y las investigaciones preliminares de lo ocurrido revelaron que la Policía y el MARN no han cumplido con las medidas cautelares de la Cámara Ambiental ordenadas en julio de 2019, ni con el amparo de la Sala de lo Constitucional emitido en 2015, que ordenaba el retiro de los desechos y materiales contaminados por plomo. 

El director del Cuerpo de Bomberos, Edwin Chavarría, explicó que en el perímetro de la exfábrica encontraron “varios agujeros” por los que supuestamente una o varias personas ingresaron, sin ninguna dificultad y sin testigos, para iniciar el fuego.

Esta revista intentó obtener una declaración del director de la PNC, Mauricio Arraiza Chicas, sobre el protocolo de vigilancia previo al incendio, pero el comisionado Romero Villalobos, nuevo gerente de prensa, aseguró que la corporación policial no está dando información al respecto. Sin embargo, solicitó una guía de preguntas para ver “si el director decide responderlas”, explicó. 

En redes sociales de la PNC, Arriaza Chicas sostuvo que la institución investigará si “hubo mano criminal y si la finalidad era borrar evidencias. Sabemos que es un caso no concluido y hay que capturar a estas personas que andan prófugas. El caso se activa nuevamente”, señaló el director de la Policía.

Medidas cautelares

El MARN ha venido prorrogando por 10 años la “Declaratoria de Estado de Emergencia Ambiental” en la exfábrica, sin retirar de forma definitiva los desechos de plomo. Un informe del ministerio, hecho en 2016, ya detallaba que al interior del inmueble abandonado hay 346 toneladas métricas de cenizas, escorias y otros desechos con material particulado conteniendo plomo y más de 40 mil toneladas de material contaminado por plomo.

Ante esa cantidad de desechos con plomo, el magistrado presidente de la Cámara Ambiental, Samuel Lizama, decretó medidas cautelares para prevenir la “migración de los contaminantes hacia el exterior”. Las medidas fueron emitidas el 5 de julio de 2019. Sin embargo, el incendio del pasado 2 de agosto dejó en evidencia que instituciones como la PNC y el MARN dejaron en abandono del problema socioambiental.

Luego de una serie de inspecciones técnicas del MARN y del Juzgado Ambiental, realizadas en diciembre de 2018 y en febrero de 2019, los técnicos determinaron que las instalaciones estaban deterioradas por los desechos tóxicos y que también había rastros de vandalismo: hurto de las láminas que dejaban expuestos los residuos a la lluvia y manipulación de algunas baterías probablemente para extraer las celdas de plomo.

La resolución de las inspecciones, que está colgada en el portal de transparencia del MARN, detalla que “el inmueble se encuentra sin vigilancia”. El local, aunque tenía un candado en el portón principal, era vulnerable en otros puntos.

En la inspección de febrero 2019, el equipo técnico de la Unidad de Medio Ambiente de la CSJ tampoco encontró rótulos de advertencia sobre el tipo de desechos y los riesgos que representan para la salud humana. En la diligencia judicial encontraron, al lado norte del inmueble, casas habitadas y un pozo del que se extraía agua.

“(El MARN) no ha adoptado las medidas idóneas, ni realizado las acciones pertinentes para la restauración del ecosistema afectado (… ) conforme al Art. 54 de la Ley de Medio Ambiente y de acuerdo a lo ordenado en la sentencia de Amparo, con referencia 400-2011”, determinó el equipo técnico de la CSJ, según consta en la resolución.

En consecuencia, el magistrado Lizama ordenó la “vigilancia permanente” de la Policía en la exfábrica, para evitar más “daños a las bodegas de almacenamiento de cenizas y escorias, y la sustracción por particulares de los materiales contaminantes”. 

En noviembre de 2019, la instancia judicial registró el último oficio enviado por la PNC con el que demostraban el cumplimiento de la medida cautelar. La Cámara ordenó la continuidad de la custodia policial hasta que la sociedad Baterías de El Salvador, S.A. de C.V. hiciera la contratación del sistema de seguridad privada.

El incendio de la explanta de producción de la Record ocurrió en el contexto de las órdenes que dio la Cámara Ambiental para que el MARN exigiera a la empresa o a sus socios: la reparación inmediata de las instalaciones, que incluía el mejoramiento de los muros perimetrales y del techo, para evitar que las cenizas y escorias siguieran expuestas a la lluvia; la contratación del servicio de seguridad privada, así como la poda y mantenimiento de áreas verdes a fin de facilitar la vigilancia en el lugar. 

El MARN, además de cumplir con la sentencia de amparo de la Sala de lo Constitucional, tenía que iniciar el procedimiento de medidas preventivas en contra de Baterías Record o sus socios, “ordenándoles la remediación del sitio contaminado”. Para esto, la Cámara Ambiental entregó el listado de socios o accionistas de la empresa y otros negocios de la familia Lacayo. 

Baterías Record fue fundada por Miguel Lacayo, ministro de Economía de El Salvador en la gestión de Francisco Flores (1999-2004). En el 2000, una investigación periodística de La Prensa Gráfica reveló que el funcionario se aprovechó de su cargo público para utilizar una medida de “salvaguarda”, para beneficiar con reducciones de aranceles aduaneros a su empresa en cuatro ocasiones.

En 2017, la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL) activó la difusión roja contra los implicados en el Caso Record: Ronal Lacayo, Cecilia Escapini, Ofilio Guardian, Domingo Call y Dimas Alvarenga. Todos eran socios accionistas de Baterías de El Salvador, S.A. de C.V.

Negligencia del MARN

La sentencia de amparo 400-2011 de la Sala de lo Constitucional estableció de forma contundente la negligencia del MARN en la contaminación de Sitio del Niño, al autorizar el funcionamiento de una fábrica de baterías cerca de un “lugar poblado, dedicado al cultivo de granos básicos y declarado zona de reserva hídrica”. Por lo que ordenó al ministerio remover todos los desechos tóxicos y restaurar el ecosistema.

La Sociedad Baterías S.A. de C.V., reciclaba y fabricaba baterías de vehículos. Las materias primas que utilizaba eran: aceite usado, baterías ácido-plomo usadas, chatarra de plomo, materias de fundición (carbón mineral, virutas de hierro, carbonato de sodio, hidróxido de sodio, nitrato de sodio, azufre, antimonio, estaño, arsénico, selenio), diesel, gas propano, dióxido de carbono, agua, ácido sulfúrico, entre otros. 

El permiso ambiental de funcionamiento fue solicitado en 2002 por el entonces representante legal y gerente general de Baterías de El Salvador, S.A. de C.V., Werner Jokisch Argüello. Ese año, el difunto expresidente Francisco Flores nombró a Walter Jokisch Restrepo como el nuevo ministro de Medio Ambiente, quien otorgó el permiso de funcionamiento.

Entre otros cargos, el exfuncionario también fue presidente de la oenegé ambientalista SalvaNATURA. Tiempo después fue acusado por delitos de defraudación al fisco y apropiación indebida de retenciones, que habrían ocurrido entre 2011 y 2014, por un monto de $163 mil, según una investigación que la Fiscalía General de la República (FGR) inició en su contra. Sobre esta investigación, Jokisch Restrepo aseguró a esta revista que fue sobreseído.

En febrero de este año, GatoEncerrado publicó el reportaje “Los depredadores de la última joya de Coatepeque”, que reveló, entre otras cosas, que Jokisch Restrepo fue el ministro de Medio Ambiente que otorgó uno de los permisos ambientales a la familia Jokisch Rivera para iniciar la urbanización de la zona del cerro Afate, del lago de Coatepeque. GatoEncerrado intentó comunicarse con el exministro Jokisch Restrepo para hablar sobre cómo fue el proceso para otorgar el permiso para la exfábrica Record, pero no tomó la llamada.

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