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"Los bancos no nos dan respuesta inmediata en casos investigados en Probidad": Ramírez Murcia

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Por Karen Moreno

Leonardo Ramírez Murcia es magistrado presidente de la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y también es el coordinador de la Comisión de Ética y Probidad, bajo la que está la Sección de Probidad que es la oficina encargada de detectar indicios de enriquecimiento ilícito de los funcionarios públicos. El trabajo de esa oficina, según Ramírez Murcia, es titánico para los 18 empleados de Probidad que se dedican a “contarle las costillas” a los más de 30 mil funcionarios públicos obligados a presentar su declaración patrimonial, tras cada ciclo de elecciones por voto popular o de segundo grado.

Para entender el rol que juega la oficina de Probidad, GatoEncerrado buscó a Ramírez Murcia para una entrevista. En la plática, el magistrado cuenta que la falta de cultura de transparencia en El Salvador obligó a que Probidad creara una unidad específica para multar a quienes no presentan su declaración patrimonial. Esto, por supuesto, hace más pesada la carga de los pocos empleados de esa oficina. Una de las críticas que ha recibido la Sección de Probidad es que deja prescribir los casos de posible enriquecimiento ilícito de los funcionarios, después de los 10 años que la Constitución de la República otorga para iniciar un juicio civil. El magistrado defiende la oficina y asegura que el poco recurso humano tiene como consecuencia la prescripción de los casos que terminan en el archivo para “dormir el sueño de los olvidados”. 

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Para empezar, quiero preguntarle sobre lo que mencionó en septiembre pasado, cuando dijo que hay 510 funcionarios que son investigados bajo sospecha de enriquecimiento ilícito en la Sección de Probidad. ¿Cuántos de esos casos todavía están en investigación y cuántos han sido desechados hasta esta fecha? 

Hablamos, en aquel entonces, de una suma. Ahora, ese número digamos que aún se mantiene y que tiene su propio matiz, lo cual debo explicarlo para que veamos cuál es el verdadero contenido de esa suma. Hablamos, en aquel entonces, de una cantidad de 510 aproximadamente, que se tenían en la mesa distribuidos para trabajar. Pero dentro de estos, habría que señalar que hay una suma (de casos) que no están prescritos, otra cantidad que ya habría prescrito y otra cantidad que ya se había procesado. Para el caso, nosotros, de esa suma, podríamos hablar de una cantidad de 137 casos que estaban en proceso de indagación, pero que ya estaban prescritos. Es decir, los casos ya sobrepasaban los diez años que la Constitución de la República da para poder entablar el juicio civil de enriquecimiento ilícito. Y teníamos, como contrapartida, 312 casos que estarían, digamos, vivos. Que no habrían prescrito, que no habrían caducado y son a los que estamos apostándole. El resto, creo que andan por 61 casos, que son los que la Corte Plena, en estos años que han pasado, los ha sacado y ya resolvió: declarando sin lugar (el proceso de juicio por) enriquecimiento o dando a lugar (al proceso por) enriquecimiento ilícito. Muchos de estos casos han sido conocidos públicamente por tener una connotación de interés nacional.

Sobre estos casos que menciona, que los ha sacado Corte Plena, que se comprobó finalmente que hubo o no enriquecimiento ilícito…

Ahí hay una mezcla. En su mayoría, se establece que no hay enriquecimiento ilícito. Pero a muchos de ellos, la Corte sí declaró que había enriquecimiento ilícito. Había indicios y, consecuentemente muchos están en las cámaras, en los procesos. Y son aquellos que tienen alguna connotación pública, son de manejo público. 

El magistrado Leonardo Ramírez Murcia asegura que los bancos representan obstáculos en las investigaciones que la Sección de Probidad hace. Foto/Emerson Flores

¿Cómo detectan esos indicios para comprobar que hay enriquecimiento ilícito? 

La explicación tiene una construcción matemática, contable, que nos permite, en alguna medida, aterrizar a la conclusión de que hay indicios. Le voy a poner un ejemplo. Hablamos nosotros, en este mundo de la indagación de patrimonios, de la conciliación financiera de una persona como si la hiciéramos de una empresa. En una empresa, aparece una contabilidad tremenda de todo el movimiento y flujos de capitales, a manera de llegar a hacer las conciliaciones que cada una de las partidas va requiriendo: bancarias, en caja, almacenes. Para una persona, es mucho menos y más sencillo cuando el investigado no maneja muchas cuentas. Pero pensemos en una persona común y corriente, como usted y yo, que manejamos una cuentecita. Una persona que maneja no más de dos cuentas en el banco, y que no tiene más ingresos que los de su trabajo, pudo haber tenido otros ingresos como alguna donación pequeña o compró algo y lo vendió y tuvo una ganancia. Pero no es una actividad comercial, es una actividad normal. La cuestión es que todas esas actividades le generan un ingreso que tiene una suma determinada. Pero también tiene gastos. Esos gastos se van reflejando en el estilo de vida de cada quien, que conlleva: la alimentación, casa, vestuario, colegios, medicina. Todo eso se estima, porque es difícil. Nosotros no llevamos facturas. Voy intentando explicarle lo que me decía, cómo llegamos a establecer esos indicios. No obstante, a esos ingresos, la persona tiene otros ingresos que no están registrados y que aparecen en cuentas de ingresos, movimiento de capitales: $5 mil dólares, por ejemplo, cada 15 días; $10 mil dólares en una semana. Pero cuando agarramos los ingresos legales y todos aquellos otros ingresos en unas cuentas, entonces se le dice: “mire, usted aparece acá, en este periodo de tres años, que usted ha tenido $200 mil de ingresos que no se encuentra explicación. Porque todos los ingresos legales se los descontamos a todos esos ingresos y nos queda un remanente. Tiene usted $250 mil que no tienen explicación. Díganos, ayúdenos a justificar de dónde lo obtuvo. ¿Obtuvo una herencia, obtuvo alguna actividad comercial?”. Se le da la oportunidad para que lo explique.

¿Cuál es el plazo?

Con el reglamento, estamos hablando de 60 días y, si no le alcanza puede pedir 30 días más. Nada más. Así las cosas, esta persona cuando termina ese periodo, hacemos una conciliación financiera. Conciliar es mezclar ingresos legales, gastos y aparece el remanente. Al hacer esa conciliación nos va a aparecer $15 mil, $20 mil, $30 mil son razonables, dice la Constitución. Pero si no son $30 mil, sino que son $300 mil dólares, eso ya es irracional. Esa plata de algún lado vino y puede ser ilegal, como puede ser justificable. Ese es uno de los criterios que se manejan como indicios. Lo que son indicios son las cuentas no justificadas que se suman y aparecen en una sumatoria cuyo monto puede ser razonablemente justificable o razonablemente inexplicable. 

Usted mencionaba que de esos 61 casos, hay algunos que ya se comprobó que hubo enriquecimiento ilícito que son de manejo público. ¿Cuáles?

Comencemos desde algunos casos más antiguos como el del diputado (Reynaldo Antonio López) Cardoza, (el expresidente de la República) Mauricio Funes. Escapan a mi memoria, pero sí es una buena cantidad y dentro de ellos también hay una buena cantidad que se declaró que no había indicios. Es más, hubo un caso donde casi salió, como decimos los salvadoreños, “tablita”, por centavitos nada más, en esa conciliación. Esa es más o menos la cantidad. Usted reparará o advertirá que la cantidad es insuficiente: 61 casos, para que sean varios años, pero esto se debe a la capacidad de funcionamiento o de respuesta que tiene la oficina de Probidad.

¿Cuál es el recurso con el que se cuenta? Incluyendo el recurso humano.

Contamos con un número aproximado de 29 empleados, incluyendo personal de servicio. Hay abogados y contadores, auditores. Cuando contamos con ese personal que tiene funciones distintas. Unos están abocados a atender únicamente los trámites de multas, porque resulta que tenemos una red de funcionarios públicos obligados que no tienen cultura de declarar su patrimonio. Llegamos a los cargos de la función pública, pero como que le huimos a la transparencia, le huimos a la probidad y tenemos que andarlos persiguiendo cada vez que los eligen para decirles: “Miren, hay que declarar su patrimonio”.

Es un trabajo extra. 

Es una sobrecarga. Imagínese que tenemos un área solamente de multas que no debería de existir. ¿Y de dónde proviene la multa? La multa es a consecuencia de que no presentó la declaración de patrimonio. Los de entrada y tampoco los que se fueron, no vienen a rendir su declaración patrimonial. La falta de presentación genera la multa. Hay que abrirle un proceso, porque no se trata solamente de decir “no entregó la declaración y, por lo tanto, lo voy a multar”. Hay que abrirle el debido proceso.

¿Y en cuanto a presupuesto con cuánto cuenta la oficina de Probidad?

Es una dependencia (de la Corte Suprema de Justicia). No tengo el monto específico, pero sí está la Sección de Probidad al igual que todas las otras áreas, como Investigación Profesional, Investigación Judicial, Sistemas Administrativos. Todas las distintas áreas tienen un presupuesto. Eso forma parte del presupuesto global de la Corte. Digamos que tienen el respaldo no autónomamente. Este servidor integra la Comisión de Ética y Probidad y hoy por hoy, coordina esa comisión, pero no manejamos un presupuesto autónomo, todo lo que hay que hacer es a través de la gerencia, porque es un solo gasto.

El magistrado Ramírez Murcia asegura que ni duplicando ni triplicando ni quintuplicando la cantidad de empleados de Probidad podrían tener la capacidad para procesar todos los casos. Foto/Emerson Flores

Regresando a los casos de conocimiento público que mencionaba, usted también dijo el año pasado que, en el caso del expresidente de la Asamblea Legislativa, Sigfrido Reyes, no había indicios de enriquecimiento ilícito. 

No son mis palabras actuales, sino que yo emití un voto razonado en el cual sostuve, y lo sigo sosteniendo, que no había indicios de enriquecimiento ilícito, a raíz precisamente de esa fórmula matemática: tanto ingresó, tanto gastó y tanto tiene, y si lo que tiene se justifica o no se justifica. La Sección de Probidad siempre, en cada caso, emite un dictamen. Y el dictamen fue: no hay indicios. Por lo tanto, es un resultado técnico el que emitió. Y, normalmente, yo soy muy respetuoso de las opiniones técnicas y, en este caso, los auditores me dicen que no había indicios. Dicho esto, todavía yo le paso la razonabilidad respecto a lo que se dijo en el dictamen que yo no encontraba, salvo que yo inventara, pero yo no encontraba fundamentos técnicos para decir lo contrario. 

¿Había razones políticas detrás?

Más bien, yo creo que sería bueno que tuvieran ustedes acceso a esa resolución. Yo creo que el mismo investigado podría decir. Ahí van los argumentos nuestros y las razones que los magistrados dieron. Para sostener, y yo lo digo en ese voto, por eso lo voy a decir acá: para sostener lo contrario de un dictamen técnico, hay que especular. 

¿Y en el caso de Walter Araujo?

El caso de él llegó a Corte Plena a principios del año pasado. Hubo un procedimiento en el cual se alegaba que había sido inadecuado, en el sentido de que se le investigó a él, a su excompañera o exesposa, pero se dijo: “solamente él es notificado y no le han notificado a ella”. Al parecer no era razonable. Era él quien tenía que haber dado y él dio la respuesta. Eso retrasó el conocimiento del caso del señor Araujo. Está pendiente de ser llevado a Corte Plena. Se dijo: “notifiquémosle a la señora”, se le notificó. Yo creo que ya se está venciendo el plazo para que ella dé las explicaciones de lo suyo y trate de llevarlo a Corte Plena. Al menos tenemos en lista varios casos que tendría Corte Plena que ir conociendo.

Mencionaba al principio de esta entrevista que hay casos que ya prescribieron, pero no me dio el número. 

Tenemos un número de 127 casos. 

¿Y qué sucede con esos casos que han prescrito? 

Buena pregunta. La Corte Plena, a finales del año pasado, entró a un debate sobre qué hacer. Porque muchos de estos estaban en procesos avanzados, incluso concluidos y, por estar atendiendo estos, estábamos descuidando los casos vivos que no habían prescrito y al final vamos a sacar los prescritos y otros se van a terminar muriendo. Un poco extraño, ¿verdad? Atender los casos muertos y los otros se nos están muriendo en nuestras caras. Decidimos, y como comisión también, atender de manera prioritaria los casos que están vivos, que no han prescrito. Sobre los casos prescritos abrimos un debate en Corte Plena, el cual, al parecer, está casi resuelto el problema. Yo no lo comparto y voy a emitir un voto en contra. Y es que para Corte Plena, estos casos prescritos a los cuales les llaman caducados, se fue por la vía de la caducidad. Se dijo: “ok, han caducado, archivémoslos”. Yo he sostenido que, aunque no debo descuidar la investigación de casos no prescritos, debería de investigarlos. Aunque lentos, debería dar una respuesta. 

¿Ya en archivo no se puede investigar?

Salvo que haya una denuncia en la Fiscalía por lavado o algún delito de crimen organizado y entonces puedan pedir esa información y la Fiscalía puede hacerlo. Pero, mientras tanto, entran a dormir el sueño de los olvidados. A mi manera de ver, no se debió haber procedido de esa manera. 

Ramirez Murcia asegura que no está de acuerdo con enviar los casos prescritos al archivo y considera que aún se puede hacer algo para que los casos no queden impunes. Foto/Emerson Flores

¿Por qué cree que es necesario seguir investigando los casos que ya prescribieron?

Buena pregunta, porque resultan dos cosas. Uno, que el enriquecimiento ilícito es lo que puede incurrir un funcionario apropiándose de bienes del erario público o bienes públicos o, por virtud del cargo, se enriquece vendiendo favores. Por lo tanto, se está enriqueciendo de los bienes del Estado, no son privados. Segundo, porque existe una normativa que se llama extinción de dominio. Yo ya no puedo recuperar esos bienes enriquecidos ilícitamente por la vía del juicio civil, pero si yo descubro que hay enriquecimiento ilícito yo no puedo taparme los ojos y decir “aquí no hay”. Yo debo reconocer esa verdad y, por lo tanto, debe aplicarse la ley de extinción de dominio. Aplicada la ley, entonces justifica el que yo pueda hacer las investigaciones de casos que ya hayan prescrito o caducado la acción civil. Eso es lo que me dice la Constitución, pero no legitima los bienes sucios. Cuando alguien se enriquece del erario público, ese dinero es sucio, por mucho que brille en oro y no puede legitimarse por nada del mundo. Por lo tanto, la ley de extinción de dominio debe caerles, debe recuperar esos fondos. Esas son las principales razones por las cuales creo yo que no puedo decir: “ok, ya caducó. Entonces no puedo hacer nada”. A la lógica de cualquier persona, entra la idea de decir que sí podemos hacer algo. Porque de lo contrario es legitimar y decirle: “ok señor, que le vaya muy bien con toda la riqueza que usted se apropió”.

Prácticamente el sistema no está funcionando en esos casos. 

No está funcionando. O más bien, está funcionando como quieren quienes los que se lucran del poder.

 En relación al Gobierno actual, ¿todos los funcionarios ya declararon su patrimonio?

Con el Gobierno actual, entiendo que todos los funcionarios, salvo los que puedan haberse cambiado recientemente, no he escuchado que tengamos nombramientos recientes, pero vamos a ver (El magistrado revisa un documento con datos de la Sección de Probidad)

¿Han declarado todos?

Al menos públicamente no conozco. Pero todos los que estaban a mediados del año pasado, todos habían declarado su patrimonio. 

Ok. Y al momento de investigar todos estos casos, ¿se encuentra con algún tipo de obstáculo o problemas?

Sí tenemos obstáculos bastante grandes, y eso nos afecta o nos retrasa la sustanciación de los expedientes. Uno de los grandes problemas que tenemos es que algunos bancos no nos dan respuesta inmediata o en tiempo razonable. Por ejemplo, el Banco Cuscatlán no solo se retrasa, sino que no nos da respuesta. Esa cuestión nos complica. Es más, hay un caso de un investigado el cual aparecía, por respeto no voy a mencionar el nombre, pero aparecía señalado con un monto arriba de $2 millones sin justificar. Pero resulta que arriba de $200 mil de esa suma global depende de otras fuentes para documentar y cerca de un un millón ochocientos mil dependen de ese banco y de que envíe la documentación. Nos complica. Y si el tiempo va pasando, está por caducar, para entablar el juicio por enriquecimiento ilícito. ¿Qué es lo que vamos a pasar? Que el banco nos está obstaculizando la información para poder determinar la veracidad o la existencia o no existencia de indicios. Esos son obstáculos grandes que tenemos y ese es solamente un ejemplo. Tenemos cantidad de casos que nos afectan la obtención de la información para sumar y hacer conciliaciones.

¿No hay una manera de regular que los bancos otorguen la información de manera inmediata o en un tiempo considerable? 

En la Corte lo que ha sucedido es que ellos sí están obligados a hacerlo, digamos que está regulado. En el sentido de que la ley refiere que las instituciones deberán enviar la información. Lo que quizás podría revisarse como una sanción es que en caso de negarse a hacerlo, traiga alguna consecuencia para ellos y es lo que no está regulado. Es decir, una parte sancionatoria para la banca y que pueda ser una multa. Y, si hay una multa, obviamente que van a responder con rapidez. 

Para lograr sacar todo el trabajo que tiene la Sección de Probidad, se necesitan al menos unos 500 técnicos, dice Ramírez Murcia. Foto/Emerson Flores

Usted mencionaba que son 312 los casos que están vivos todavía. ¿Podría dar más detalles sobre los funcionarios públicos que entran en este número? 

Solo para este año, tenemos un aproximado de 19 casos que estarían próximos a caducar. Estos son los casos que estamos tratando de sacar. 

¿Quiénes son?

Primero, no los tengo a la mano. Y, segundo, por estar en proceso, me es difícil comprometerme a darle nombres. Sí debo decirle que, según la capacidad instalada de respuesta de la oficina, ese es el número que nos permitiría sacar en el año. 

Solo 19 casos este año… 

Este año. Pero el año próximo (en 2022) la suma es grandotota, son 75 casos. Y ahí es donde la capacidad instalada es mucho menor para poder dar respuesta y podríamos volver a caer en alguna mora. Ahorita no tenemos mora. 

¿Cree que logren resolver estos 19 casos este año?

En eso estamos. Estamos trabajando simultáneamente lo actual y lo del próximo año, con un criterio que Corte Plena aprobó hace aproximadamente tres meses, en el sentido de que vamos a trabajar con la figura de las indagaciones previas o las conciliaciones previas. Esto con toda la información primaria que nos dan los investigados, declaraciones de entrada y declaraciones de salida, la obtención de información básica en el Ministerio de Hacienda, con lo que declara el registro de vehículos, registro de propiedades y todo eso, hacer una sumatoria de los bienes, verificar si eso es lo que declaró. Es decir, hay que hacer un trabajo que no es tan fácil tampoco, pues, pero con solo ello, tener un indicador y que me diga: “Aquí no hay problema ni voy a encontrar problema”. Y, con eso, entonces ir evacuando esos casos. Los casos que me resulten con algunos indicadores sospechosos yo los agarraría y los pongo a un lado, porque a esos les voy a profundizar la investigación. Esa es un poco la orientación que Corte dio y aprobó, para poder avanzar. Ya no le dedico más tiempo a aquello que no me da indicadores sospechosos y me voy a trabajar a fondo con los que me dan indicadores sospechosos. 

Ya me explicó un poco sobre cómo es el mecanismo. ¿Ahora puede detallarme más sobre cómo es el proceso para iniciar la investigación para que nuestros lectores entiendan lo que sucede en esa oficina de Probidad? 

Resulta que existe un mandato general a la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia, que debe recibir las declaraciones de entrada y de salida del patrimonio de cada funcionario público. Probidad debe esperar a que los funcionarios terminen su periodo y luego, dentro de los diez años siguientes, la Corte a iniciativa suya tiene la obligación de investigar si hay indicios de enriquecimiento ilícito. No necesito que un ciudadano venga a decir eso, aunque en la práctica, en el pasado, los ciudadanos estuvieron viniendo; lo cual se convirtió después en una guerra política entre unos y otros. Vencido el periodo de gestión de los funcionarios públicos, agarro ese grupo de funcionarios y los coloco en la primera línea, que son a quienes voy a continuar trabajando los expedientes de conciliación financiera. Voy avanzando, como si fuese una banda mecánica de movimiento; de lo que yo voy sacando, al final, quedan los que están próximos a vencer y los voy terminando. Estos me irán dando, en su mayoría, que no tienen indicios. Pero hay algunos que me aparecen con indicios, y esos son los que voy sacando para mandárselos a la Fiscalía y que sea la Fiscalía que abra el juicio. La Corte no abre el juicio. En ese momento, la Corte solo llegaría a decir: “hay indicios de enriquecimiento ilícito por esto”. 

Y la Fiscalía acusa…

Se prepara el expediente y se le dice a la Fiscalía: “señor fiscal, aquí tiene este caso. Hemos declarado que hay indicios. Proceda. Si usted quiere, sino, guárdelo. Es su problema”. Aunque la Constitución le dice que debe abrirse, debe seguirse el juicio. Entonces se va a una de las cámaras que la Corte ha designado para conocer del juicio de enriquecimiento ilícito. 

Y, en ese sentido, ¿cómo ha visto el trabajo de la Fiscalía? ¿Cree que ha sido eficiente?

Una vez que Corte Plena ha declarado, la Fiscalía después recibe la resolución y después manda a pedir copia del expediente y, en su momento, ha entablado los procesos civiles por enriquecimiento ilícito. 

¿Se han quedado casos sin que la Fiscalía acuse?

Hasta hoy, no tengo conocimiento. Hay un caso en el que, aunque Corte Plena declaró que había enriquecimiento, pero bajo una modalidad de retención de patrimonio, de retención de impuestos a pagar; se remitió a la Fiscalía para que abriera el proceso de recuperación de patrimonio, pero al final nos respondieron que ya había caducado y ya no habían hecho nada al respecto. 

Mencionaba que es bastante precaria la Sección de Probidad. ¿Cuánto recurso más necesitan para poder funcionar y cumplir la demanda de trabajo?

Solamente puedo decir que el trabajo asignado a Probidad es… Yo desconozco el presupuesto que maneja la Corte de Cuentas pero, al menos considerando la cantidad de gente que ellos tienen para poder hacer un trabajo del gasto público que tienen las instituciones, en el gasto del Presupuesto General de la Nación, yo diría que la cantidad de recursos que requiere la Sección de Probidad para poder sacar el trabajo que tiene de 18 personas que son las que trabajan, abogados y auditores, toda esta gente ni duplicada ni triplicada ni quintuplicada puede sacar el trabajo. Necesitamos quizás unos 500 técnicos para poder sacar todo lo que se requiere. Resulta que cada tres años, nosotros tenemos unos 30 mil funcionarios que hay que contarle las costillas. Estamos hablando de todos los concejos municipales del país: 262 municipios, cada municipio con no menos de diez concejales, síndicos, jefes de unidades. Imagínese todos los jefes de unidades de adquisiciones y contrataciones que tienen la obligación de declarar. Los que manejan ofertas públicas, compras. Tenemos los ministros, viceministros, y luego otros cargos de menor jerarquía que manejan cuotas de disponibilidad de recursos. Por eso es que es mentira que vamos a dar respuesta a todo y cada tres años. Este país cada tres años está convulsionado en elecciones políticas y, allá a los cinco años se suman las de presidente. Vivimos en constante renovación, entre comillas, de funcionarios públicos. Lo que tenemos ahorita es eso y por eso andamos nosotros buscando alternativas de cuáles criterios utilizar para poder agilizar y responder a la expectativa, primero de la Constitución de la República respecto a la probidad, a las obligaciones que tenemos y, por último, las expectativas sociales respecto a que estemos haciendo algo de cara a la probidad, a darle seguimiento al tema del patrimonio de los funcionarios.

¿Por qué cree que no se está priorizando que haya más empleados en la Sección de Probidad?

Realmente, el presupuesto de la Corte no alcanza. Nosotros, por otra parte, escuchamos opiniones sin fundamento de políticos, de ciudadanos en la calle, que dicen que a la Corte se le da 6 %. El 6 % no es nada, pero dichosamente tenemos ese margen para poder jugar con nuestros gastos. Ahorita estamos en un proceso de contratación de tres auditores para fortalecer esta oficina. El año pasado se incorporaron unas plazas temporales para apoyar. Es decir, ha sido menos la cantidad de gente que ha trabajado porque no se le ha dado relevancia al trabajo de la Sección de Probidad.

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