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El caso Manuela expone el dilema del secreto profesional que los médicos son presionados a ignorar en El Salvador

El caso Manuela contra el Estado salvadoreño es el primero que se relaciona con una emergencia obstétrica que conoce la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, donde se decidirá si El Salvador incumplió la convención internacional derechos. Durante la audiencia, el perito Guillermo Ortíz Avendaño expuso que hay una coacción por parte del Ministerio de Salud al personal médico cuando se les presiona para violar el secreto profesional y que denuncien a sus pacientes por la simple sospecha de aborto. El Estado salvadoreño negó la existencia de dicha directriz, sin embargo la Asociación de Ginecología y Obstetricia, un abogado y una paciente aseguraron a GatoEncerrado que esa cultura de denuncia por emergencias obstétricas existe en el sistema de salud.

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Por Mónica Campos*

Manuela llegó el 27 de febrero de 2008 al hospital de San Francisco Gotera, en Morazán, sangrando, en estado de nerviosismo y sin el niño al que acababa de dar a luz. De inmediato y por la emergencia, fue ingresada y entrevistada por una doctora quien, al no saber dónde estaba el bebé, interrumpió la atención hospitalaria y la denunció ante la Fiscalía General de la República (FGR) por sospecha de aborto; ni siquiera esperó a confirmarlo e ignoró el secreto profesional. En agosto de ese año, seis meses después y tras un proceso judicial que enfrentó con un diagnóstico médico de anemia secundaria y preeclampsia, Manuela fue condenada a 30 años de prisión por homicidio agravado.

El caso Manuela llegó hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) luego de que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) consideró que el Estado de El Salvador tenía que ir a juicio por lo ocurrido. Durante los días 10 y 11 de marzo de este año, la Corte IDH realizó una audiencia, en la que los jueces escucharon a las organizaciones que demandaron al Estado salvadoreño por violar derechos de Manuela, criminalizarla, condenarla sin considerar su situación y dejarla morir, en 2010, esposada a una cama del pabellón de reos del Hospital Rosales, en San Salvador, víctima de cáncer linfático. 

En esa audiencia de la Corte IDH, los jueces también escucharon a personeros del gobierno en representación del Estado salvadoreño. La resolución del caso será emitida en un plazo de seis a ocho meses. Uno de los temas más importantes que fueron discutidos durante la audiencia fue la violación al secreto profesional que el personal médico está presionado a ignorar en casos en los que tengan sospecha de que pacientes han abortado.

La violación del secreto profesional está contemplado tanto en el Código Penal como en el Código Procesal Penal, con penas de prisión. Pero en El Salvador, el sistema judicial ya ha condenado a mujeres que han pasado por emergencias obstétricas, gracias a que el personal médico ha violado el secreto profesional, ha priorizado la denuncia por sospechas y hasta después ha atendido a las mujeres. En algunos casos, los doctores ni siquiera están de acuerdo con la denuncia, pero tienen la presión de hacerlo al estar inmersos en un sistema de salud que, en acuerdo con el judicial, criminaliza a las mujeres que han tenido partos extra hospitalarios.

El dilema del secreto profesional

Para entender este dilema, GatoEncerrado buscó a profesionales en medicina y a abogados penalistas, incluso a la jefa fiscal de la unidad especializada en casos de mujeres. Los expertos tienen posturas diferentes, pero algunos coinciden en que el caso de Manuela es una oportunidad para debatir sobre el dilema del secreto profesional de los doctores y que la Corte IDH también se pronuncie. 

El abogado Denis Muñoz, quien ha dado capacitaciones sobre el secreto profesional en el sector salud a escala nacional e internacional, explicó que el Código Procesal Penal, “en el artículo 265, reza que están obligados a denunciar los médicos, farmacéuticos, enfermeros y demás personas que ejerzan profesiones relacionadas con la salud, que conozcan esos hechos al prestar los auxilios de su profesión, salvo que el conocimiento adquirido por ellos esté bajo el amparo del secreto profesional”. El abogado hizo énfasis en la salvedad que menciona el artículo, para asegurar que ese es el camino legal a seguir en casos de partos extra hospitalarios o emergencias obstétricas. 

La jefa fiscal Marina de Ortega piensa distinto. Dijo a GatoEncerrado que en ese artículo, a pesar de la salvedad por el secreto profesional, “hay una obligatoriedad para cualquier pensona, y en el inciso segundo habla de la obligatoriedad que tienen los médicos de dar aviso si se presenta una persona que cometa un delito, no dice especificamente por el delito de aborto”. Es más, la fiscal también aseguró que, a su juicio, denunciar a las pacientes por sospechas de aborto no es una violación a los derechos ni es violación al secreto profesional: “Porque no es un médico de cabecera, ha llegado a pasar consulta”. 

En el caso de Manuela, el perito obstetra Guillermo Antonio Ortiz Avendaño, quien ha trabajado en el Hospital Rosales por 20 años, afirmó que la atención médica que se le dio a Manuela fue deficiente. En la audiencia, ante la Corte IDH, explicó que desde un inicio el caso fue tratado con un enfoque que criminaliza a la mujer, por encima de la atención médica urgente. “Esto comienza desde el encabezado que se coloca en la historia clínica (de Manuela), donde se coloca: (la palabra) aborto. Desde ahí se trata de encajar toda la historia clínica a la temática del aborto y se pierde el enfoque de una emergencia obstétrica, del parto extra hospitalario”. 

La presión para denunciar

El obstetra Ortiz explicó que la presión para denunciar a las pacientes que llegan a los centros hospitalarios por emergencias obstétricas, es parte de una directriz del Ministerio de Salud (Minsal). “En 2001, cuando yo era jefe de área del hospital, llegó un memorándum y ahí se nos pedía que notificáramos. Ahí se nos ponía un número de teléfono, era un lineamiento del Ministerio. Si es un lineamiento, es de estricto cumplimiento”, recordó ante los jueces de la Corte IDH y agregó que esto generó en el personal médico una presión y temor de enfrentar consecuencias por ocultar información, como ser despedidos o, peor, ser inhabilitados de su profesión. “Se reportaban a las autoridades las sospechas, ni siquiera la confirmación. Y es así como este miedo se fue instalando en el personal de salud”, dijo.

La directora de Desarrollo Social Integral del Ministerio de Relaciones Exteriores y representante del Estado salvadoreño ante la Corte IDH, Elizabeth Cubías, restó importancia a la afirmación del obstetra Ortiz y agregó, en los alegatos finales de la audiencia, que “no se ha acreditado ante esta Corte la existencia de una orden institucional de denuncia de mujeres por partos y abortos, como fue aseverado por el experto Ortiz Avedaño”.

En contraste con lo expresado por Cubías, hay doctores que dijeron a GatoEncerrado que esa directriz existe y que se sienten obligados a denunciar a las mujeres, con solo la sospecha de aborto. El presidente de la Asociación de Ginecología y Obstetricia de El Salvador (Asogoes), Miguel Guidos, explicó a esta revista que la presión que el Ministerio de Salud mete al personal médico viene desde la obediencia en este tema a la Fiscalía. 

“Fiscalía da su orden de que los médicos teníamos que denunciar a las pacientes y el Ministerio de Salud, muy obediente, mandó este memorándum. La Fiscalía, porque ellos son los ejecutores de la ley, ellos dijeron que había que denunciar. Entonces el Ministerio dijo: sí, sí, sí; sin consultar, sin decir si eso era legal o no era obligación. Empezaron las denuncias en contra de las pacientes. Así que hay un montón de mujeres que están presas por esa razón”, explicó. 

Guidos agregó que esta situación preocupó a Asogoes, por lo que comenzó a capacitar médicos sobre la legislación referente al secreto profesional. “Yo estoy obligado a que si usted es mi paciente, yo no puedo denunciarla. Incluso el Código Penal puede inhabilitar la profesión de médico a quien haya sido denunciado por violar el secreto profesional. A ese médico pueden meterlo preso. Eso no lo saben las pacientes, sino ya hubieran denunciado a un montón de médicos”. 

El abogado Muñoz también contó a esta revista que durante las capacitaciones que ha brindado al personal médico, sobre la legislación acerca del secreto profesional, se enteró de la existencia de esa directriz del Ministerio de Salud de denunciar a las mujeres por sospechas de aborto. “Hay un derecho humano que está detrás de esto y es el derecho a la no autoincriminación”, dijo y afirmó que denunciar a las pacientes es un acto que está fuera de la legalidad. 

Sobre el reconocimiento del secreto profesional en la legislación salvadoreña hay un precedente: el caso de Teodora Vásquez, una mujer que fue criminalizada por sospechas de aborto y luego de estar 10 años en la cárcel, condenada por homicidio agravado, fue indultada. En 2015, en su sentencia nº 19-IND-2014, la Corte Plena de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) concluyó que “se vulneró el debido proceso, porque la señora V. de S. fue denunciada en contravención con la prohibición de denunciar en estos casos bajo el amparo del secreto profesional, de conformidad con el artículo 187 del Código Penal vigente”. 

De acuerdo con el doctor Guidos, la legislación es poco conocida o se pasa por alto en el sistema de salud. En los dos periodos presidenciales del FMLN, el Ministerio de Salud negaba esta indicación, pero la presión por denunciar a las pacientes persiste: “Y es tan así que todos los hospitales de El Salvador, tanto del Minsal como del Seguro Social, tienen un jurídico. Estas personas son los que han estado presionando para que se denuncie a las pacientes. Parece mentira que los jurídicos de los hospitales desconozcan las leyes. Cuando uno les habla del secreto profesional, como que uno les está hablando en chino. Por más que uno les explique la ley, dicen: ‘no, pero es que es delito y hay que denunciarlo’”. 

Siguiendo esa lógica de los jurídicos de los hospitales, la representante del Estado salvadoreño insistió, en sus alegatos finales ante la Corte IDH, que “la legislación de El Salvador contempla el tipo penal de omisión de aviso aplicable a cualquier autoridad pública que omitiere dar aviso de la comisión de un delito al funcionario correspondiente cuando existe conocimiento de la presunta comisión de un delito grave”. 

La representante del Estado, incluso, recomendó a la Corte IDH que reflexione sobre lo que dicta el derecho internacional, en el que no hay un reconocimiento para que los médicos puedan “encubrir delitos contra recién nacidos, o no nacidos, bajo el amparo del secreto profesional”. Cubías agregó que, de todas formas, “El Salvador no es un Estado que criminaliza a mujeres que presentan emergencias obstétricas o complicaciones en cualquier etapa del embarazo, ya que reitero que estas no se encuentran tipificadas como delito en la legislación penal. Por el contrario, son múltiples los avances en las garantías de los derechos humanos de las mujeres en El Salvador, en particular en el ámbito de la salud y sus derechos sexuales y reproductivos”.

Una práctica enquistada en el personal médico

A pesar de los avances que aseguró la representante del Estado salvadoreño, los casos de denuncia o intimidación siguen ocurriendo en contra de las pacientes. Por ejemplo, GatoEncerrado platicó en enero pasado con una joven de 18 años, quien tiene 5 meses de embarazo y quien pidió no mencionar su nombre en esta nota. Tras preocuparse por un sangrado vaginal, fue a pasar consulta a una Unidad de Salud de un municipio de San Salvador. Como no cuenta con el apoyo de su madre y el hombre que la embarazó no se hizo responsable, su prima la acompañó a pasar consulta. Decidió ir a la Unidad de Salud porque no tenía dinero ni empleo para pagar una consulta en una clínica privada.

En el consultorio, la joven fue recibida en solitario por una doctora que le dijo que no podía atenderla sin una prueba de embarazo en sangre. La joven respondió que se había hecho una prueba casera, pero la doctora insistió en que no podía atenderla sin una prueba de laboratorio. Le explicó que lo mejor era ir urgentemente a un laboratorio privado a hacerse la prueba, ya que una prueba en la Unidad de Salud tardaría demasiado tiempo.

“La doctora dijo en ese momento que tenía que llegar al día siguiente con ese examen. Ella (la joven) le dijo que no tenía dinero para hacerlo en un lugar privado. Entonces la doctora le contestó: ‘bueno, usted es la interesada y si usted no viene y anda manchando, nosotros podemos pensar mal’. Le dio a entender que podían pensar que ella se estaba provocando un aborto”, dijo la prima de la joven.

Esa noche, la prima consiguió el dinero para llevar a la joven a hacerse una prueba de embarazo en un hospital privado: “Ella se sintió mal, porque es prácticamente ignorante en el tema y que te acusen de entrada con que te estás provocando algo, fue bien chocante”, relató. Cuando la joven pudo regresar a la Unidad de Salud con el resultado de la prueba, la doctora se limitó a recetarle ácido fólico y la despachó. “Cuando yo estuve así, estuve manchando. Fui al ginecológico y me hicieron una ultra; pero a ella nada, ni siquiera la revisaron”, lamenta la prima de la joven.

Esta historia, que es una muestra de las que ocurren todos los días en el sistema de salud público salvadoreño, contradice la afirmación de la representante del Estado salvadoreño ante la Corte IDH sobre que “El Salvador, a través de la administración del Gobierno, ha impulsando políticas públicas que han generado impactos importantes en la vida de las mujeres, asegurando el acercamiento y la mejora en el acceso a los servicios de salud y la promoción de los derechos sexuales y reproductivos. Las mejoras en el sistema público de salud han sido una de las grandes apuestas. A través de la administración del gobierno del presidente Nayib Bukele se ha realizado una gran inversión en infraestructura hospitalaria”, leyó Cubías ante los jueces de la Corte. 

Morena Herrera, representante de la parte demandante ante la Corte IDH y defensora de los derechos de las mujeres, cuestionó las declaraciones de la representante del Estado: “No creo que puedan probar a nivel de contexto y de país que las mujeres tenemos garantizados los derechos sexuales y reproductivos. Incluso llegaron a decir que había una propuesta de despenalización (del aborto). Pero, ¿cuál es la propuesta del gobierno?”.

Durante la audiencia, el juez Eduardo Ferrer McGregor preguntó si en El Salvador hubo una reforma al Código Penal sobre el aborto. La representante del Estado contestó que lo que había era una propuesta y que en ese momento estaba siendo discutida en la Asamblea Legislativa. Paradójicamente, la propuesta de la que habló la representante es una que fue enviada a los diputados por Morena Herrera y Sara García, quienes son la parte demandante en el caso de Manuela y quienes han afirmado que desde que impulsaron la iniciativa de despenalización no ha sido debidamente discutida en la instancia legislativa. 

Sobre la propuesta de despenalización, Herrera cuestionó que el gobierno no ha hecho nada para impulsarla, como también ocurrió en gobiernos anteriores. El presidente Nayib Bukele, por su parte, ya se ha pronunciado con referencia al aborto, pero ha cambiado su discurso con el paso del tiempo. En 2018, cuando era candidato presidencial, Bukele dijo a GatoEncerrado que el aborto solo debería aplicarse cuando hay riesgo de la vida de la madre. Ya siendo presidente, en marzo de 2020, Bukele cambió su postura y dijo en una entrevista con el rapero puertorriqueño Residente: No estoy a favor del aborto y creo que al final, en el futuro, algún día nos vamos a dar cuenta de que es un gran genocidio el que se está cometiendo con los abortos.

Ante la pregunta del juez de la Corte IDH sobre reformas relacionadas al aborto, doctores afirman que el hecho es que la Constitución de la República reconoce, en su artículo 1, la vida de la persona humana desde el momento de la concepción. Ese reconocimiento, según los doctores, está influenciado más por la religión que por la ciencia.

“En 1998, el artículo 1 de la Constitución fue modificado en uno de sus literales y pusieron que el Estado reconocía a la persona humana desde el momento de la concepción. Para mí, esta es una violación porque ese es un concepto religioso. La ciencia no reconoce la vida humana desde el momento de la concepción. Entonces, un concepto religioso está incluido en una Constitución de un Estado laico y eso no puede ser”, dijo el doctor Guidos. 

Emergencias que se convierte en homicidio agravado

En la audiencia ante la Corte IDH, la representación de El Salvador insistió en que este caso no se trata de la violación de los derechos sexuales y reproductivos, ni de un análisis en abstracto de la legislación penal sobre el aborto en El Salvador: “A Manuela no le fue aplicada ninguna norma relacionada con el delito de aborto en El Salvador. No fue investigada ni condenada por este delito”, dijo Cubías, la representante del Estado salvadoreño. 

La comisionada May Macaulay dijo, sin embargo, que el caso muestra el impacto que la prohibición del aborto tiene en las mujeres pobres en El Salvador. Calificó este marco legal como discriminatorio y expresó que convierte en sospechosas a las mujeres que sufren emergencias obstétricas. Una fórmula que termina en doctores presionados para denunciar a sus pacientes por encima del secreto profesional y de la atención médica, como ocurrió con Manuela.

“Tenemos claro que este caso no es de aborto, pero aspiramos a que la corte se pronuncie por este contexto”, dijo Morena Herrara y agregó: “Nosotras no nos estamos inventando esa vinculación, esa vinculación está acreditada, está comprobada y esos documentos los presentamos a la CIDH. Fueron los que la comisión analizó y decidió que sí había violaciones a los derechos humanos y que el caso debería de pasar a la Corte IDH. Las emergencias obtétricas tienen un perfil de mujeres específicas: mujeres jóvenes que viven en situación de pobreza, con bajo nivel educativo que enfrentan ciertos niveles de desprotección social, es a ellas a las que se les considera inicialmente sospechosas de aborto. A partir de esa sospecha las denuncian y después viene el proceso de cambiar el tipo de delito (a homicidio agravado)”. explicó. 

El caso de Manuela es una muestra de que las denuncias por sospechas de aborto que hacen los médicos no se sostienen y la Fiscalía termina acusando a las mujeres de cometer homicidio agravado tras haber pasado por un parto extra hospitalario. En el acta de entrevista que realizó la Policía Nacional Civil (PNC) consta que la doctora que denunció a Manuela escribió “aborto” en el campo donde debe ponerse el delito. Ese documento está en el expediente del caso que luego se convirtió en una acusación por homicidio agravado.

La perita Laura Clérico, doctora en Derecho, dijo en su declaración que Manuela fue cargada de estereotipos de género durante todo el proceso: “La criminalización está basada en un estereotipo de género que instrumentaliza los cuerpos de las mujeres. La criminalización empieza con la denuncia de la médica y no después. La médica interrumpe el tratamiento y denuncia a Manuela por la supuesta comisión de aborto que después cambia (en la acusación) a homicidio agravado”. 

Expectativas

Tras la finalización de la audiencia, Herrera dijo espera que la Corte se pronuncie por la prohibición del aborto, pero asegura que no es la principal petición de la parte demandante: “Nosotras no tenemos ahí centrada todas las expectativas del caso. Para nosotras es importante que se reconozcan las violaciones a los derechos humanos de Manuela, trato degradante y cruel, tortura, que se violó el secreto profesional, que se le violó el debido proceso y que se violentaron los derechos de su familia y que presionándolos hicieron que el papá pusiera la huella en un documento para incriminarla. Sí aspiramos a que la corte se pronuncie (sobre aborto), pero no es ese el elemento principal”, concluyó. 

Carmen Martínez, del Centro de Derechos Reproductivos, dijo que esperan que la Corte exprese que existe un contexto discriminatorio en contra de las mujeres en El Salvador y que recomiende que el secreto profesional en temas de salud reproductiva no debería romperse. 

*Con reportes de Karen Moreno

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