Opinión

Un NO al Dictador:

No dejemos que desmantelen nuestros derechos fundamentales

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Sandra Santos

Abogada graduada de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA). Posee una Maestría en Derecho Penal Constitucional de la UCA y es egresada de la Maestría en Derecho Procesal Constitucional de la Universidad Lomas de Zamora, Buenos Aires, Argentina. Catedrática Universitaria en las materias Derecho Constitucional, Derecho Procesal Constitucional y Derecho Procesal Civil.

Ya la Sala de lo Constitucional, en mayo de 2015, había afirmado en una resolución de inconstitucionalidad que no es posible que los derechos fundamentales de la persona queden sujetos a discrecionalidad de los órganos de dirección política, puesto que es frente a ellos que se pretenden hacerlos valer.

Por Sandra Santos*

No nos cabe duda que estamos frente a un Estado de Cosas Inconstitucional, es decir, uno en el cual es sistemática y continua la violación a los derechos fundamentales y en el que ya no esperamos protección alguna de parte de las Instituciones Públicas y, por el contrario, nos enfrentamos a la obstaculización y desaliento hacia el ejercicio de los derechos. 

¿Qué explicación tiene un anuncio de los medios oficiales de la Asamblea Legislativa en el que afirman que se solicitará la investigación “de los financistas e instigadores de la marcha del 15 de septiembre”? 

¿Qué explicación tiene que el asesor jurídico de la presidencia hostigue a un medio de comunicación presionándolos para que revelen su fuente, cuando el mismo ordenamiento jurídico establece que ello forma parte del secreto profesional? 

¿Qué justifica que se procure desde los tres órganos de Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial -a través de la Corte en Pleno-) una violación a los derechos de los jueces de carrera y se nos prive del derecho a que el proceso judicial sea decidido por un juez natural, imparcial e independiente? 

La tiene, y es que aún no han logrado resquebrajar a todos los ciudadanos, aún no logran debilitar la conciencia ciudadana que nos dice que no todo está perdido, que vale la pena exigir que no anulen nuestros derechos fundamentales, y entre ellos la libertad de expresión, información y de reunión. 

Ya la Sala de lo Constitucional, en mayo de 2015, había afirmado en una resolución de inconstitucionalidad que no es posible que los derechos fundamentales de la persona queden sujetos a discrecionalidad de los órganos de dirección política, puesto que es frente a ellos que se pretenden hacerlos valer. Un derecho fundamental se opone principalmente frente al Estado o a sus órganos de gobierno, y dado su carácter expansivo y dimensión objetiva, en un plano secundario también son oponibles frente a particulares. 

Y ahora más que nunca, nos resuenan las frases de esta resolución judicial cuando afirmaba que: si el reconocimiento de un derecho fundamental dependiera de los funcionarios que representan al pueblo, significaría retroceder ochocientos años para concebirlos como concesiones o gracias que el Monarca otorgaba a modo de favor hacia ciertas clases privilegiadas en el Antiguo Régimen o para aplacar presiones sociales de clases menos privilegiadas, es decir, supondría restar a los derechos el carácter universal e indisponible que poseen ahora y que los hace oponibles principalmente frente al Estado, como atribuciones de los individuos que se vinculan con su igualdad, libertad y dignidad.

No desistamos del ejercicio de nuestros derechos, no dejemos de reunirnos y manifestarnos pacíficamente, tal y como lo prescribe el artículo 7 de la Constitución, para poder mostrar y expresar nuestra negativa al continuo quebrantamiento del Estado Constitucional de Derecho. 

Asimismo, tomemos en cuenta que las afectaciones y vulneraciones a la libertad de expresión e información no solo afectan a los profesionales del periodismo sino que también es un tema de todos los ciudadanos. Y es que si los funcionarios públicos demonizan y ven a aquel que ejerce la labor periodística como un enemigo, también nuestros derechos fundamentales están en juego. “Una sociedad libre, hoy y mañana, es aquella que pueda mantener abiertamente un debate público y riguroso sobre sí misma” (Principio 24 – Principios sobre Libertad de Expresión, aprobada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos-).

Hagamos que se cumpla nuestra Constitución desde la academia, las aulas, oficinas, casas, comercios, puestos de venta, en la calle, que nuestra pluma, nuestras expresiones y nuestras marchas y protestas sigan incomodando al poder. Los derechos fundamentales no son concesiones del que ahora se designa como dictador de los salvadoreños.  

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Sandra Santos

Abogada graduada de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA). Posee una Maestría en Derecho Penal Constitucional de la UCA y es egresada de la Maestría en Derecho Procesal Constitucional de la Universidad Lomas de Zamora, Buenos Aires, Argentina. Catedrática Universitaria en las materias Derecho Constitucional, Derecho Procesal Constitucional y Derecho Procesal Civil.

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