Con 63 votos de los diputados de Nuevas Ideas y partidos aliados, la Asamblea aprobó reformas al Código Procesal Penal, que permitirán que agentes de la Policía Nacional Civil se hagan pasar como “agentes encubiertos digitales” para revisar los dispositivos tecnológicos de los ciudadanos y extraer cualquier tipo de información para usarla como prueba en un proceso judicial.
La Comisión de Seguridad fue la encargada de analizar y avalar el dictamen de las reformas. Foto de la Asamblea
La Asamblea Legislativa, controlada por Nuevas Ideas, aprobó en la sesión plenaria de este 1 de febrero las polémicas reformas al Código Procesal Penal que legaliza el espionaje digital a los ciudadanos, a través de un “agente encubierto digital”, bajo el argumento de incorporar pruebas en los procesos de investigación por delitos informáticos y penales. Esto ocurre días después de que GatoEncerrado y El Faro revelaron que periodistas, activistas y miembros de organizaciones fueron víctimas del uso del spyware Pegasus en sus celulares.
Las reformas al Código Procesal Penal añaden un décimo capítulo denominado “Evidencia Digital”. En dicho apartado, se establece que cualquier documento digital, mensajes electrónicos, imágenes, videos, datos o cualquier tipo de información almacenada, transmitida o recibida por las tecnologías de las tecnologías de la información podrá ser admitida como evidencia, y especifica el tratamiento de dicha evidencia digital.
Según el artículo 159-D agregado, las operaciones encubiertas digitales estarán a cargo de la Policía Nacional Civil (PNC), con previa autorización de la Fiscalía General de la República (FGR), impuesta por el partido oficial desde el 1 de mayo pasado. La PNC podrá buscar evidencia digital que constituya un hecho punible informático y pueda servir de prueba, esto por medio de los respectivos programas informáticos o mediante la búsqueda libre. La Fiscalía y la Policía también podrán celebrar acuerdos con entes públicos o privados con sede en otros países para obtener evidencia.
“Esa figura siempre ha existido, de hecho, actualmente existe, pero para delitos físicos. Lo único que estamos haciendo es trasladarlo a lo digital”, dijo en la entrevista de canal 10 el diputado de Nuevas Ideas, Francisco Villatoro, quien fue el impulsor de las propuestas de reformas. Justificó que gobiernos de diferentes países usan esta herramienta para combatir el narcotráfico.
“Este agente podrá hacerse pasar por un cliente para comprar, digamos, en una plataforma ilícitos. Muchas plataformas venden drogas, armas, y estas personas pueden hacerse pasar por compradores para dar con esa red de tráfico ilegal”, dijo el legislador.
Villatoro defendió que para usar la figura de “agente encubierto digital” se tiene que pedir autorización y debe de existir una investigación abierta; sin embargo, la reforma solo establece que se requiere autorización de la Fiscalía, no de un juez. El artículo 259-E indica que para medidas cautelares, la Fiscalía podrá requerir al juez la restricción, el bloqueo de una cuenta, el perfil y un sitio de internet.
Tanto Villatoro como otros diputados de Nuevas Ideas argumentaron que con las reformas buscan dar herramientas para combatir los ciberdelitos, la extorsión, estafa, trata de personas, pedofilia, entre otros. “Si nadie ha cometido un delito no tiene porqué preocuparse”, respondió el legislador ante los cuestionamientos de que se pueda usar para perseguir a periodistas y cualquiera que difiera con el gobierno.
GatoEncerrado y otros medios, a través de un peritaje realizado por Citizen Lab y Access Now, confirmaron que habían sido víctimas de espionaje por medio del software Pegasus, una tecnología millonaria utilizada únicamente por gobiernos y agencias de inteligencia. Dicho espionaje no fue únicamente contra periodistas, sino también críticos del gobierno y sociedad civil.
“Aunque no lo dice explícitamente esta reforma al Código Procesal Penal, sí consideramos que es la vía para legalizar el espionaje por medios digitales a críticos del gobierno, periodista, o a quien fuera”, sostuvo el diputado de Nuestro Tiempo, Johnny Wright Sol.
Ante las reformas, César Fagoaga, presidente de la Asociación de Periodistas de El Salvador (APES), también expresó su preocupación debido a que dichas reformas podrán ser utilizadas para realizar arbitrariedades y abusos.
“Lo que nos preocupa de sobremanera es el abuso y las arbitrariedades que instituciones como la Fiscalía General de la República y la Policía Nacional Civil puedan hacer con estas investigaciones”, dijo Fagoaga.
Evidencia digital | Art. 259-A. En dicho artículo se manifiesta que serán admitidas como evidencia todo tipo de mensajes, fotografías, documentos digitales y cualquier tipo de información recibida, transmitida o almacenada a través de las tecnologías de la información y comunicación. |
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Registro de cadena de custodia | Art. 259-B La evidencia será registrada debidamente por las autoridades, independientemente si dicha evidencia fue obtenida de forma oficiosa o proporcionada por una persona. |
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Incorporación y producción de la violencia digital en el proceso penal | Art. 259-C. Establece los filtros por los cuales se admitirá la evidencia digital. Estos son: prueba testimonial, acreditación de los mecanismos técnicos, tales como la firma electrónica y un perito informático. |
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Medidas cautelares. | Art. 259-E. La Fiscalía podrá requerir al juez la restricción, el bloqueo de una cuenta, el perfil y un sitio de internet como medida cautelar. |
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