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Las medias verdades de la nueva ley de pensiones

Luego de la aprobación de la nueva ley de pensiones, este 20 de diciembre, han surgido inquietudes. Aquí te respondemos y explicamos algunas interrogantes.

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Por Melissa Paises

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Xenia Oliva

“Es una reforma pensada en el cotizante”, aseguró el ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya, días después de haber presentado la propuesta de reforma de pensiones, que consistió en tres nuevas leyes: la Ley integral del Sistema de Pensiones, Ley Especial para la Emisión de Certificados de Obligaciones Previsionales y de Disolución del FOP y la Ley de Creación del Instituto Salvadoreño de Pensiones. Los diputados aseguraron que realizarían un análisis profundo de las propuestas, pero fueron aprobadas por el pleno menos de un mes después de su presentación, sin evidencia de un profundo análisis.

GatoEncerrado responde algunas de las inquietudes que han surgido a partir de la aprobación de la ley y lo expuesto por funcionarios públicos. El Gobierno de Nayib Bukele ha reiterado que garantizará una reforma integral que beneficiará a todos los salvadoreños; no obstante, al revisar entre líneas, en las reformas se encuentran detalles que demuestran que no todo es cierto en el discurso gubernamental. Aunque han asegurado que el gobierno no podrá tocar el dinero de las pensiones, estos fondos sí podrán invertirse en Certificados de Obligación Previsional (COP). Aunque se dará un incremento del 30 % a las pensiones, este aumento beneficia más a quienes ya tenían pensiones superiores a la mínima. Además se excluye a las pensiones por invalidez o supervivencia. Por otro lado, aunque es llamada ley integral, no contempla la necesidad de incluir a los trabajadores del sector informal.

¿Todas las pensiones aumentarán un 30 %?

No. El aumento únicamente se aplicará a las personas pensionadas por vejez; es decir, que hayan cumplido con la edad legal de jubilación y cotizado 25 años. No aplica para las pensiones por invalidez total o parcial ni por sobrevivencia.

En el caso de quienes hicieron uso del anticipo permitido por la reforma del 2017, la ley dice que el incremento se les “ajustará” conforme al porcentaje pendiente de reintegrar del anticipo de saldo a la fecha de la solicitud,  sin tener que devolverlo. La diputada Suecy Callejas dijo que la pensión de estas personas aumentará pero se “les va a descontar del 30 % lo que usted retiró”, porque no pueden recibir lo mismo que quienes no retiraron parte de sus ahorros.

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Personas retiraron hasta el 25 % de sus ahorros, hasta noviembre de 2022. El gobierno dice que eso implicó un desfinanciamiento de $1,070 millones al fondo de pensiones.

La reforma ha sido catalogada de inequitativa porque el 30 % aplica a todos los montos de pensión; es decir, que las personas que reciben una pensión mayor al salario mínimo recibirán aún más. Por ejemplo, quienes gozan de pensiones de 2,000 hasta 2,400 tendrán más de $600 de aumento.

¿La pensión mínima es de $400?

No. La pensión mínima por vejez, invalidez total y sobrevivencia siguen siendo de $304.17, según lo establecido en el artículo 114 de la nueva ley. La pensión por invalidez parcial será el equivalente al 70 % de los $304.17.

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Trabajadores tienen salario mínimo en El Salvador, según dijo el ministro de Trabajo, Rolando Castro, en una entrevista de televisión: “La reforma premia a toda la gente del salario mínimo”, sostuvo.

¿Puedo seguir retirando el anticipo de mi pensión?

No. La Ley Integral del Sistema de Pensiones elimina esta posibilidad. Según la reforma de 2017, a partir del 2020 las personas que cumplían los requisitos podían retirar un anticipo de hasta el 25 % de sus ahorros. Todos los años se iba aplicando de forma gradual basado en la edad cumplida. En 2023 todas las mujeres, sin importar su edad, y los hombres de 42 años o más estarían habilitados para solicitar el retiro del anticipo, pero la nueva ley cierra esta opción. 

Si retiré el anticipo, ¿lo tengo que devolver?

No es obligatorio. El inciso tres del artículo 98 de la ley establece que las personas que hayan hecho uso del anticipo podrán devolverlo si así lo quisieran; sin embargo, deben reintegrar también la rentabilidad, o la ganancia, que se dejó de percibir al hacer el retiro. Eso mejoraría el saldo de la pensión.

¿Realmente se desfinancia el sistema de pensiones si decidí retirar el anticipo?

Para noviembre, el gobierno hablaba de que hay aproximadamente $12 mil millones en ahorros de todos los trabajadores; sin embargo, no todo ese dinero está “en líquido” o en efectivo. Mucho está invertido en Certificados de Inversión Previsional. Las emisiones de certificados vencen en 50 años y cada cierto tiempo van abonando intereses. Si las personas comienzan a retirar sus fondos esto obliga al gobierno a tener más liquidez y se estaría desfinanciando el fondo.

Debido a que será el gobierno el que va a administrar de manera indirecta los fondos con el nuevo Instituto Salvadoreño de Pensiones (ISP), a través de las AFP, le conviene mantener la mayor cantidad de dinero posible en el fondo de pensiones. Al mismo tiempo, el poder retirar el anticipo de saldo desvirtuaba los principios de seguridad social ya que las personas lo estaban usando como un seguro contra desempleo, inversión, gastos médicos o, en el peor de los casos, en gastos de consumo.

Sin embargo, muchas personas veían el retiro del anticipo como la única posibilidad de tener acceso a sus ahorros, ya que tienen la edad para retirarse, pero no tienen los años de trabajo necesarios para pensionarse. 

¿Se disminuyó la comisión a las AFP como dice el gobierno?

Falso. La Ley del Sistema de Ahorro de Pensiones derogada asignaba a las AFP una comisión general del 1.9 %; sin embargo, este porcentaje se divide entre un 0.85 % que corresponde a la comisión a las AFP por administrar el fondo de ahorro de pensiones y un 1.05 % que va destinado a la contratación del seguro por invalidez y supervivencia. Este seguro era para respaldar a los cotizantes en caso de invalidez o lo que recibirían sus familiares en caso de muerte del cotizante. 

La nueva Ley Integral del Sistema de Pensiones quita a las AFP la obligación de contratar dicho seguro, por lo que en realidad recibirán completo el 1 % de comisión, obteniendo un porcentaje de ganancia mayor al que percibían con la ley anterior. 

¿Qué pasará con el seguro de invalidez y supervivencia?

El ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya, aseguró que dicho seguro será asumido por la Cuenta de Garantía Solidaria, para que las personas no queden descubiertas en caso de invalidez o siniestralidad. No obstante, este punto no se regula en la nueva ley, solo se menciona que se mantendrán los seguros por invalidez que ya existían. En caso no se regule, esto implica que los salvadoreños serán quienes deben correr por su cuenta ante estos casos. 

La Cuenta de Garantía Solidaria asume la pensión vitalicia cuando se termina el saldo de la cuenta individual. 

¿Se eliminan las “pensiones VIP”?

El ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya, dijo que 684 personas reciben pensiones mayores a $5 mil  mensuales, a estas las bautizó como “pensiones VIP” y aseguró que este beneficio lo reciben exdiputados y exfuncionarios de los gobiernos de Arena y FMLN; sin embargo, nunca reveló sus nombres.

El artículo 98 de la nueva ley indica que a partir de la entrada en vigencia “ningún pensionado por vejez tanto del sistema de ahorro para pensiones, como del sistema público de pensiones, sin excepción alguna, podrá gozar de una pensión superior a la pensión máxima” que es de $3 mil. Además, el artículo 160 indica que las pensiones superiores a los $3 mil serán ajustadas a ese monto. 

La nueva ley aumenta el techo de las pensiones de $2 mil a $3 mil, por lo que algunas personas recibirán una pensión mayor.

¿Las promesas relacionadas a la nueva ley son sostenibles en el tiempo?

La estrella de la nueva ley es el aumento del 30 % a las pensiones, que subirá a $400 la pensión mínima por vejez; sin embargo, poco se ha hablado de cómo se financiará este aumento en el tiempo.

Según datos del ministerio de Hacienda, para 2023 se proyecta que se erogarán $165 millones adicionales en concepto del aumento del 30 %. El ministro Alejandro Zelaya dijo que este aumento será financiado con estas medidas: con el aumento del 1 % que aportará el empleador, la presunta reducción a la comisión de las AFP, lo cual es falso, y los recortes a las “pensiones VIP”, además de otras medidas como la eliminación del salario máximo sobre la cotización, la implementación de planes de ahorro para los salvadoreños en el exterior, permitir que las personas jubiladas coticen e incrementar el rendimiento. 

Sin embargo, la cifra a devengar se ha proyectado únicamente para el próximo año, por lo que las medidas funcionarán únicamente a corto plazo; es decir que en estos momentos puede que sea sostenible, pero en un par de años, cuando más personas ingresen al sistema, esta situación podría cambiar. 

Por eso persiste la duda de qué pasará a largo plazo con las generaciones jóvenes que actualmente están cotizando, ¿lograrán los mismos beneficios o los recursos del sistema de pensiones serán afectados?

También existe la posibilidad de que en los próximos años el gobierno tenga que poner una parte del presupuesto general de la nación para financiar estos beneficios adicionales de pensiones, estos fondos provendrán de impuestos y vía deuda, que serán pagados por todos los salvadoreños, incluyendo los que nunca han cotizado y los que nunca se van a pensionar.

¿Hay medidas para ampliar y mejorar la cobertura de las pensiones? ¿Si pertenezco al sector informal puedo cotizar?

En la ley no se incorpora el tema de ampliación de la cobertura lograr que más salvadoreños coticen y tengan acceso a una pensión—; por lo que realmente no se trata de una ley integral como lo anuncia su nombre. 

El tema de la ampliación de la cobertura está estancado e invisibilizado en el nuevo decreto por dos razones: La primera está relacionada a quiénes pueden afiliarse. La nueva ley copió palabra por palabra el artículo 9 de la Ley SAP derogada con relación a la afiliación de los trabajadores agrícolas y domésticos. Dicho artículo establece que se debe diseñar un reglamento especial para estos trabajadores, pero hasta este momento dicho reglamento sigue sin existir.

Además, en el caso de los trabajadores del sector informal, aunque sí pueden cotizar de manera voluntaria, son ellos mismos quienes deben afrontar tanto la parte del empleado como la del empleador, lo que los pone en desventaja, sobre todo ahora que el aporte del empleador pasará del 15 % al 16 %, un punto porcentual más. En la ley no se contempla apoyo gubernamental que compense dicho incremento para los trabajadores informales.

Aunque es un fondo de ahorro para la vejez, los trabajadores en el sector informal suelen tener ingresos fluctuantes por lo que deben priorizar sus gastos del día sobre los ahorros para el futuro. En el fondo puede que haya más barreras para que las personas en el sector informal comiencen a cotizar.

El tema de la cobertura ha pasado invisibilizado y el interés de esta propuesta ha sido elevar pensiones en el corto plazo de manera artificial.

¿El Estado ya no va a usar los fondos de los cotizantes?

“Esta reforma asegura que el gobierno no se pueda financiar a través de los fondos de pensiones”, ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya, durante la presentación de la ley ante la Asamblea Legislativa.  

Aunque en el discurso gubernamental se ha reiterado en muchas ocasiones que ningún gobierno podrá tocar el dinero de los trabajadores, esto es una verdad a medias. El artículo 89 de la ley establece que los Fondos de Pensiones no podrán invertirse en valores emitidos por el Estado, el Banco Central de Reserva, ni en ninguna entidad estatal; sin embargo, agrega una excepción muy importante: Los fondos de pensiones podrán invertirse en los Certificados de Obligación Previsional (COP) emitidos por el nuevo Instituto Salvadoreño de Pensiones sin límites.

La frase “sin límites” se vuelve muy importante en este nuevo cuerpo normativo, ya que actualmente el fondo de pensión sí podía ser invertido en los Certificados de Inversión Previsionales emitidos por el Fideicomiso de Obligaciones Previsionales (FOP) disuelto, pero este contaba con un límite máximo de inversión del 45 %. Ahora todo el monto del fondo de pensiones podrá ser invertido.

Según el artículo 6 de la ley de emisión de los COP, estos servirán para financiar los pagos que se generen o deriven de las obligaciones previsionales del Estado. Además, el artículo 9, sobre la oferta pública, obliga a las AFP a adquirir la totalidad de los COP en cada emisión, con los recursos de fondos de pensiones que administran.

Según el abogado Enrique Anaya, el sistema le ha prestado $8 mil millones al gobierno, los cuales serán sustituidos por un título llamado “Certificado de Financiamiento de Transición”.

Documentación

Revisa los dictamenes y sus respectivas votaciones aquí:

Nueva ley de sistema de pensiones

Ley ISP

Ley para la emisión de certificados

Votaciones de Ley de Sistema de Pensiones

Votación Ley de Creación de ISP

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