Ambiente

Jueza ambiental habilita a inmobiliaria para que retome construcción en zona de máxima protección en Nuevo Cuscatlán

La jueza ambiental de San Salvador rechazó una demanda que buscaba detener la destrucción de una zona protegida de Nuevo Cuscatlán y reparar los daños ambientales. Con el rechazo de la demanda, la jueza también quitó las medidas cautelares y liberó de obstáculos legales a la empresa Algasa para que retome la construcción.

Destrucción de zona de máxima protección que colinda con la Cordillera del Bálsamo.

Destrucción de zona de máxima protección que colinda con la Cordillera del Bálsamo.

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Por Ezequiel Barrera

Julio 28, 2023

El Juzgado Ambiental de San Salvador declaró inadmisible la demanda en contra de la municipalidad de Nuevo Cuscatlán y las inmobiliarias Lomas de Santa Elena y Algasa, junto con sus representantes legales; quienes son señalados de haber cometido una serie de irregularidades que concluyeron en la destrucción de una zona de máxima protección ambiental, donde se pretende ampliar el proyecto residencial La Florida. 

Con el rechazo de la demanda, la jueza Oneyda Cáceres también quitó la suspensión de las obras de construcción que impuso a la empresa Algasa y la liberó de obstáculos legales para que pueda continuar con la urbanización en la zona de máxima protección que colinda con la Cordillera del Bálsamo. La compañía podrá retomar la construcción cuando sea notificada oficialmente de que queda en firme la inadmisibilidad de la demanda.

En resumen, la demanda presentada por la Asociación Ecológica para la Protección y Acción del Medio Ambiente Tierra Verde (Aeproterra) pretendía que el Juzgado declarara que existe un daño ambiental y que se obligara a las empresas y a la municipalidad a reparar esos daños e incluso indemnizar si son irreversibles. En la demanda también se señala que las empresas no donaron todas las zonas verdes a la municipalidad, como lo establece la ley, y que la comuna tampoco las reclamó. En parte de esas zonas verdes es donde la empresa Algasa ha ido expandiendo su proyecto urbanístico con modificaciones al permiso ambiental que consiguió en la administración del presidente Nayib Bukele y que incluye la zona de máxima protección.  

La jueza declaró inadmisible esa demanda por detalles de forma que a su criterio no fueron corregidos en su totalidad. Es decir, aunque el fondo de la demanda pudiera haber sido planteado correctamente, igual fue rechazada por detalles como el uso inadecuado de términos en la redacción del escrito.

En su resolución, la jueza se mostró rigurosa en el uso adecuado de los términos y explicó que no se puede demandar a la “Alcaldía” sino al “Municipio” de Nuevo Cuscatlán, porque el código municipal establece que la personalidad jurídica la posee el “Municipio” y no una entidad o edificio al que se le llama alcaldía.

Ante esa observación, Aeproterra explicó que en su demanda original utilizó el término “alcaldía” para referirse a la comuna en un sentido amplio y genérico, pero que de todas formas le daba la razón a la jueza y por eso iba a cambiar el término por “Municipio”. Ante esa respuesta, la juzgadora dijo que no considera subsanada su observación porque el “Municipio” tiene un representante legal, que es el alcalde, y un concejo municipal, y que “ninguno de los nombres de estas personas había sido expresado” por la parte demandante, “lo cual es necesario e indispensable a fin de garantizar el derecho a la defensa”.

En la demanda original, en contraste con lo que señaló la jueza, sí aparece mencionado el nombre del actual alcalde José Manuel Dueñas, quien en realidad es tan solo uno de los funcionarios involucrados en este caso que data desde antes de los periodos del exalcalde y hoy presidente de la República, Nayib Bukele, y la exalcaldesa y hoy ministra de Vivienda, Michelle Sol. 

Otra de las observaciones a la demanda que la juzgadora consideró que no fue subsanada tiene que ver con que Aeproterra no detalló a cuánto asciende la condena a la restauración o indemnización por los daños ambientales cometidos por la inmobiliaria Algasa. Los abogados de la asociación explicaron a GatoEncerrado que es difícil determinar, en un momento inicial del proceso, a cuánto asciende todo el daño ambiental que ya causó la empresa.

A pesar de las respuestas de Aeproterra para subsanar las observaciones y los señalamientos de que hay precedentes establecidos por tribunales superiores para que esta demanda fuera admitida, la jueza contestó que ella “tiene libertad para superar los criterios que fueron establecidos en casos anteriores, siempre con la debida argumentación”. 

“Es increíble que un juzgado de primera instancia diga que tiene la capacidad de ir, inclusive, en contra de la Sala de lo Constitucional”, expresó uno de los abogados de Aeproterra ante el comentario de la jueza ambiental.

Preocupación

Uno de los representantes del Movimiento Vecinal La Florida dijo a esta revista que los habitantes de la residencial están preocupados porque la decisión de la jueza, notificada este viernes 28 de julio por la tarde y justo antes de las vacaciones agostinas, da luz verde para que la empresa continúe destruyendo la zona de máxima protección, que además es un lugar de recarga hídrica y donde está prohibido todo tipo intervención y construcción, según la Zonificación Ambiental y Usos de Suelo para el Municipio de Nuevo Cuscatlán. 

La zonificación es explícita en describir que la intervención de estas zonas protegidas supone el riesgo de deslizamientos de la montaña en épocas de lluvias y que a futuro puede provocar la escasez de agua, porque las construcciones impermeabilizan el suelo e impiden el proceso natural de captación de agua.

Con la urbanización de la zona protegida, los habitantes también señalan que se están quedando sin parte de un micro corredor biológico que conectaba con la Cordillera del Bálsamo y que servía como hábitat para una diversidad de flora y fauna. Entre las especies de animales que vivían en el lugar están los venados, los gatos zontos, cotuzas y al menos 40 especies de aves.   

Cuando los habitantes de la residencial observaron que Algasa estaba ampliando su proyecto y que el interés era construir más de 50 viviendas en la zona protegida, escudándose en modificaciones al permiso ambiental original, acudieron al Juzgado Ambiental para que paralizara las obras y abriera un proceso en contra de todos los involucrados. Después de esos avisos y denuncias de los habitantes de La Florida, el Juzgado decidió imponer medidas cautelares. Pero con la resolución de este viernes 28 de julio, el caso ha sido desestimado.

Los abogados de Aeproterra dijeron que no van a dejar morir el caso y que van acudir a las instancias correspondientes para que se declare la existencia del daño ambiental y que se reparen esos daños.

A pesar de la decisión de la jueza, un representante del Movimiento Vecinal aseguró que los habitantes de la residencial no se han rendido y que esto evidencia de que las instituciones no están protegiendo los bienes naturales como lo ordena la Constitución y la Ley de Medio Ambiente.