Bitácora ambiental

Comisión define estructura del ente rector del agua y sus 22 atribuciones

En la reunión del jueves 16 de septiembre, los diputados de la comisión ad hoc acordaron incluir una dirección ejecutiva y tres representantes de las zonas hidrográficas en el ente rector del agua, abreviado ASA,  según propusieron las organizaciones sociales y universidades en la etapa de consultas. Además, se aprobaron artículos referente a las definiciones y del ente rector del agua. 

Foto/Asamblea Legislativa

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Por Marvin Díaz

En la reunión del jueves 16 de septiembre, la comisión ad hoc de la Asamblea Legislativa definió la integración de la Autoridad Salvadoreña del Agua (ASA), que será la encargada de la gestión integral del agua y de otorgar permisos, e hizo un cambio respecto a la propuesta de Ley de Recursos Hídricos que les mandó el Órgano Ejecutivo. 

En la nueva redacción del artículo 12 del anteproyecto, la ASA estaría conformado por: un presidente, nombrado por el presidente de la República; una junta directiva; una dirección ejecutiva; y tres representantes por las zonas hidrográficas del país. Los últimos dos organismos, tanto la dirección ejecutiva como los representantes por zonas hidrográficas,  no estaban dentro del proyecto de ley, pero fueron agregados por sugerencia de las organizaciones sociales y la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA), durante la primera etapa de consulta, con el fin de descentralizar el ASA y dar mayor participación a la ciudadanía. 

La diputada del FMLN, Dina Argueta, solicitó especificar la conformación de los organismo zonales de cuencas; sin embargo, la petición fue rechazada por la diputada de Nuevas Ideas y presidenta de la comisión ad hoc, Sandra Martinez, argumentando que en los artículos posteriores se “desglosa la representación de los organismos”.

Los diputados han avanzado con la aprobación de 13 artículos. Es hasta en el número 18 donde se determina qué instituciones conformarán la Junta Directiva de ASA que, de acuerdo al proyecto de ley, estaría conformada por un delegado del Ministerio de Medio Ambiente (MARN), Ministerio de Agricultura (MAG), Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL), Ministerio de Turismo (MITUR), Ministerio de Vivienda (MIVI), Ministerio de Salud (Minsal), Ministerio de Gobernación (MINGOB), Autoridad de Agua Potable y Saneamiento, universidades públicas y privadas, acreditadas en el Ministerio de Educación, y solamente un representante de la sociedad civil. 

22 atribuciones de la ASA

Dentro de las 22 atribuciones que le da el artículo 13 al ASA está que podrá otorgar permisos para la exploración y aprovechamiento del agua, auditar y sancionar ante incumplimientos por el uso recurso hídrico, la aprobación de tarifas (cánones) por la utilización del agua y resolver conflictos relacionados con los bienes hídricos, entre otros.

Se dejó establecido que la ASA elaborará y aprobará los cánones por uso y aprovechamiento de los recursos hídricos, por vertidos, y por el uso y aprovechamiento de los demás bienes que forman parte del dominio público hidráulico de conformidad a la presente ley. Asimismo, elaborará y someterá a la aprobación del Ministerio de Economía las propuestas de tarifas de cobro por venta de productos y servicios administrativos, técnicos o científicos prestados a terceros, sean públicos o privados.

Otra atribución del ASA será elaborar la Política Nacional de Gestión Integrada del Recurso Hídrico, así como el Plan Nacional de Gestión Integrada de los Recursos Hídricos, los planes hídricos zonales y sus planes de monitoreo. Durante la discusión de este punto, el FMLN pedía que en la elaboración de la Política Nacional de Gestión Integrada del Recurso Hídrico se agregara las palabras “de forma participativa” para que la población y demás sectores sociales participaran en la creación de las políticas públicas del agua. 

Los legisladores de Nuevas Ideas rechazaron la propuesta y alegaron que la participación ya está dada por la conformación de la junta directiva. Asimismo, la presidenta de la comisión ad hoc dijo que no estaba de acuerdo porque el término “no coincidía” con la redacción y que en los artículos posteriores iban a incluir el tema. 

Desarrollo económico 

La comisión ad hoc de la Asamblea Legislativa introdujo el término de desarrollo “económico” mediante el uso del agua al objeto de la ley en el artículo 2 de Ley de Recursos Hídricos. Las organizaciones sociales, universidades e iglesias, habían recomendado eliminar de la redacción las palabras de desarrollo económico por el uso del agua, por considerar que es una visión economicista para la utilización del recurso hídrico. 

Finalmente, el artículo 2 quedó así: “La presente Ley es de orden público y tiene como objeto regular la gestión integral de las aguas, su sostenibilidad, garantizar el derecho humano al agua, la seguridad hídrica para una mejor calidad de vida de todos los habitantes del país; y promover el desarrollo humano, social y económico mediante la utilización sustentable de los recursos hídricos”

El artículo fue aprobado con 9 votos de Nuevas Ideas, Gana y PDC, partidos aliados al oficialismo. Dina Argueta, del FMLN, se abstuvo de votar. Este artículo fue parte de ocho disposiciones que aprobó la comisión el pasado jueves 9 de septiembre durante la segunda etapa de estudio del anteproyecto de ley de agua. 

La presidenta de la comisión ad hoc, Sandra Martínez, justificó la decisión alegando que las juntas comunitarias de aguas viven de vender el agua. “Todas las juntas de aguas en el país han tenido un desarrollo económico. Sabemos que todas estas juntas de aguas de eso viven, de vender, de extraer, pero no tienen ningún tipo de regulación, porque no se sabe dónde va el dinero, si están registrada o que”, dijo la presidenta de la comisión ad hoc.

En tanto, dos representantes de juntas de agua comunitarias del municipio de Suchitoto, en Cuscatlán, dijeron a GatoEncerrado que las juntas no viven de vender y extraer agua, sino que los ingresos monetarios se utilizan para el mantenimiento y reparación de equipos de tuberías en las comunidades. Además, afirmaron contar con los registros municipales para el funcionamiento de la junta de agua. 

“No tenemos ningún beneficio lucrativo. Además, la alcaldía registra nuestras junta directiva”, asegura  Beatriz Pineda, administradora de la Asociación Rural de Agua y Saneamiento Apolinario Serrano, junta que abastece a más de 370 familias. 

Por su parte, Arely Sala, lideresa de la Asociación Rural de Agua y Saneamiento el Zapotal (ACRAZAME), dijo a GatoEncerrado que no venden el agua y que las tarifas van destinadas a toda la parte de infraestructura y funcionamiento del sistema comunitario de agua. 

“Hay juntas que no tienen fondos monetarios grandes, sino que el trabajo se hace de manera voluntaria. La presidenta (Sandra Martínez) desconoce la operatividad de las juntas de agua, en ningún momento nos lucramos del servicio de agua, sino que utilizamos para operar”, dijo Arely Sala, representante de ACRAZAME, que abastece de agua a 3,000 personas. 

La lideresa agregó que las juntas de aguas son reguladas por una declaratoria de interés social, la cual las reconoce como sección comunitaria y no como empresas.

Además del artículo 2, los diputados aprobaron siete artículos más referente al derecho humano al agua  y saneamiento, ámbito de aplicación, la finalidad de la ley, el bien nacional de uso público, dominio público hidráulico, la declaratoria de utilidad pública y de interés social, y los principios de la ley. 

En el artículo 5, relacionado con el bien nacional de uso público, dejaron establecido que el agua es un bien nacional de uso público, inalienable, inembargable e imprescriptible; su dominio, uso y goce pertenece a todos los habitantes del país; en consecuencia, no podrá ser privatizada bajo ninguna condición.

Los otros artículos más debatidos en la comisión fueron el uno y el cuatro, ya que los diputados de Nuevas Ideas y del FMLN difirieron en algunas propuestas de redacción para los articulados.  

En el artículo 1, referente al derecho humano al agua y saneamiento, Dina Argueta, del FMLN, proponía integrar las palabras “agua limpia y saludable”, una propuesta hizo la Universidad de El Salvador. La solicitud de Argueta no fue incluida porque la presidenta de la comisión y el diputado Christian Guevara argumentaron que los conceptos planteados eran subjetivos y que iban a ser incorporados en los artículos posteriores de la ley. 

En relación a la finalidad de la ley, en su artículo 4, diputados de los partidos políticos  propusieron diversas redacciones para conformar los literales. Uno de ellos fue en el literal “e”, donde la diputada de Gana, Marta Angélica de Navas, pidió que se integrará a las comunidades indígenas en la coordinación para la gestión del agua. Misma petición tuvo la parlamentaria del FMLN, quien solicitó integrar a organizaciones ambientalistas y colectivos de mujeres. En ese sentido, Dina Argueta sugirió añadir el literal “f”, el cual reconoce la participación de estos sectores. 

Todas las fracciones políticas, a excepción de Arena que no forma parte de la comisión, acordaron integrar el literal “f” en el artículo 4 de la Ley de Recursos Hídricos de la siguiente manera: “Promover la participación activa y corresponsable de la sociedad salvadoreña y en particular la equidad e igualdad entre hombres y mujeres en el acceso, uso y decisión sobre los recursos hídricos”.

En la redacción de todo el articulado, los diputados integraron algunas palabras que fueron propuestas por las organizaciones sociales, iglesias y academia. 

Hasta el 16 de septiembre, la comisión ad hoc había avanzado en la aprobación de 13 artículos, de un total de 164 que tiene el proyecto de ley. A diferencia de otras leyes que se aprueban sin mayor estudio en las comisiones, los diputados no salieron a tiempo con el plazo de 90 días que les dio el presidente de la república, Nayib Bukele, tras presentar el proyecto de ley a la Asamblea Legislativa el 18 de junio.