Según el acuerdo de la comisión que estudia la Ley de Agua, las empresas podrán obtener permisos de hasta cinco años renovables para extraer volúmenes de agua igual o menor a 365,000 metros cúbicos por año. El límite diario sería de mil metros cúbicos, una cantidad equivalente a 125 pipas de agua. El experto hídrico, Andrés McKinley, explicó a GatoEncerrado que las autorizaciones aprobadas contribuyen a la profundización de la crisis de agua en El Salvador.
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Los diputados de la comisión ad hoc que estudian el proyecto de Ley General de Recursos Hídricos acordaron que la Autoridad Salvadoreña del Agua (ASA) otorgue autorizaciones que permiten a las empresas privadas extraer hasta mil metros cúbicos diarios durante cinco años; es decir, una cantidad equivalente a 125 pipas, teniendo en cuenta que cada una tenga capacidad para guardar 8 metros cúbicos para llenar más de 38 barriles.
Específicamente, en el artículo 61 del proyecto de ley dejaron establecido que la ASA podrá emitir dos tipos de autorizaciones: “nivel 1”, cuando el agua solicitada sea igual o mayor a los 365,000 metros cúbicos por año, sin exceder los mil metros cúbicos diarios, cantidad que también equivale a mil litros de agua diario. El “nivel 2”, cuando el caudal requerido sea menor a 365,000 metros cúbicos por año. Para ambos casos, la vigencia de las autorizaciones será de cinco años, pudiendo ser renovadas por igual periodo, previo estudio técnico ordenado y supervisado por la ASA, que compruebe que las condiciones del acuífero o que la fuente no haya cambiado.
Inicialmente, el proyecto de ley del gobierno proponía que en la autorización “nivel 1” se podía extraer volúmenes de agua igual o mayor de 473, 040 metros cúbicos por año, por un plazo no mayor a 15 años; y en el “nivel 2” se podían dar autorizaciones cuando el caudal solicitado era de 473, 040 metros cúbicos por año o menor, por un plazo de hasta cinco años.
Según explicó el jefe de fracción de Nuevas Ideas, Christian Guevara, para establecer la autorización del volumen de agua se tomó en cuenta la cantidad de agua que utiliza diariamente una gran industria.
“Como Nuevas Ideas hicimos consultas con técnicos para buscar una cifra técnica adecuada. Una gran industria consume alrededor de mil metros cúbicos al día. Esa es una cifra técnica estándar que se discutió con hidrólogos”, justificó Guevara.
El jefe de la bancada cyan dijo que nunca habrá un acuerdo sobre los volúmenes de agua a autorizar, ya que para un ecologista puede ser una cantidad muy alta y para un empresario puede ser una cantidad muy baja, pero sí consideraron que “los 473,000 metros cúbicos por año era excesivo”.
La nueva redacción del artículo 61 fue aprobada con siete votos de los diputados de Nuevas Ideas y Gana, en la reunión del pasado 30 de septiembre. Dina Argueta, del FMLN, se abstuvo de votar y cuestionó que el volumen de agua se definiera según el consumo de las industrias para fines mercantilistas.
“Es lamentable que se tome como parámetro la aprobación de este artículo en cuanto va a utilizar un empresario. Eso no debe estar supeditado a cuánto utiliza, sino más bien a cómo cuidamos desde la aprobación del artículo el tema de nuestras cuencas y nuestros ríos”, criticó la parlamentaria.
Consultado por GatoEncerrado, Andres Mckinley, experto hídrico de la Universidad Jose Simeon Cañas (UCA), consideró que la cantidad de agua que se permitirá extraer es alta y vendría a empeorar la crisis hídrica en El Salvador que es generada por la misma industria.
“¿Cómo vamos a retomar la cantidad de agua que propone la empresa privada como nuestro límite? Eso exactamente ha generado la crisis. Ese es el error que está cometiendo Christian Guevara”, apuntó.
“Ellos (los diputados), por las señales que vemos, están construyendo una ley que de ninguna manera va ayudar a solucionar la crisis del agua en El Salvador. La ley que ellos están elaborando va a seguir contribuyendo a la profundización de la crisis de agua en el salvador”, agregó Mckinley.
También, recordó que en la propuesta de ley que hicieron las organizaciones enfatizaron que las decisiones sobre el uso del agua no tienen que enfocarse únicamente en la cantidad de agua que se va a extraer. “Hay que enfocarse en otros factores, por ejemplo: el balance hídrico en la cuenca donde están solicitando extraer agua, hay que considerar la estación del año, tiempos de lluvias, tiempos secos, hay que considerar las condiciones de la cuenca y los niveles de deforestación, la capacidad de recargar, la capacidad de recargar que tienen las fuentes de agua y muchos otros factores”, dijo el especialista.
Luis Gonzales, representante de la Alianza Contra la Privatización del Agua, catalogó de “nefasta” la decisión de autorizar mil metros cúbicos de agua diarios para las industrias, ya que se está priorizando el abastecimiento de agua para privados ante que a la ciudadanía. Además, el activista señaló la falta de institucionalidad para monitorear el cumplimiento de extracción de agua por parte de las empresas.
En relación a los años de autorizaciones, Mckinley consideró que es positivo la reducción de 15 años a cinco años, con posibilidad de renovación del permiso por el mismo periodo de tiempo. “Estamos complacidos sobre la reducción de los años de autorización que hicieron los diputados. No podemos estar hablando de dar permisos por 15 años. Esto es igual a privatizar el agua”, comentó.
En la misma reunión del 30 de septiembre, los diputados aprobaron desde el artículo 27 al 61 del anteproyecto, entre ellos: el orden preferencial por el uso del agua, caudal ambiental y ecosistemas, derecho y obligaciones para el uso doméstico, entre otros temas.
Los diputados de NI, Gana y PDC eliminaron de la propuesta el artículo 54, referente a las preferencias por el uso y aprovechamiento hídrico. Esta disposición ordenaba el respeto del uso del agua para consumo humano, teniendo en cuenta el régimen de los ríos como garantía para la sostenibilidad del recurso. De igual manera, la suspensión de autorizaciones para cualquier otro uso para priorizar el abastecimiento de agua a las poblaciones.
Sobre este punto, Mckinley señaló de peligroso eliminar el artículo 54 porque se está priorizando los interés de la empresa privada por encima de las necesidades de la población que vive la crisis del agua.
En la reunión anterior, del 26 de septiembre, los diputados modificaron la redacción original del artículo 18 del anteproyecto sobre la conformación de la Junta Directiva de la ASA. En los cambios, decidieron eliminar a la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL) y a la Autoridad de Agua Potable y Saneamiento de la ASA. Esta última se creaba en la propuesta de ley pero no tenía mayor detalle de su participación.
En la nueva versión del artículo, los diputados agregaron al Ministerio de Economía (Minec), al Ministerio de Obras Pública (Mop), a la Universidad de El Salvador (UES) y a tres miembros de las zonas de cuencas hidrográficas.
De acuerdo a la última redacción, la Junta Directiva del ente rector del agua estará integrado por un director presidente, que será nombrado por el presidente la República; además de un representantes del Ministerio de Medio Ambiente (Marn), Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), Ministerio de Economía (Minec), Ministerio de Turismo (Mitur), Ministerio de Vivienda (Mivi), Ministerio de Salud (Minsal), Ministerio de Obras Públicas (Mop), Ministerio de Gobernación (Migob), Universidad de El Salvador (UES), tres miembros de organismos zonales de cuenca y uno de la sociedad civil.
Los diputados no especificaron la integración de los tres miembros de las zonas de cuencas hidrográficas y uno de la sociedad civil, quien será elegido por el presidente de la República. El anteproyecto hace referencia a que las personas que conformen los dos sectores deben ser especialistas en ciencias ambientales y desarrollo sostenible.
Sobre este punto, Dina Argueta, diputada del FMLN, pidió definir con “nombre y apellido” la integración de los dos sectores y sugirió que el representante de la sociedad civil perteneciera a organizaciones dedicadas a la protección y cuido de los bienes naturales. La propuesta desató un fuerte debate entre la presidenta de la comisión Sandra Martinez y Argueta, quienes discutieron sobre incorporar la palabra “organización” a la redacción.
Martínez le dijo a Argueta que ellos están haciendo las cosas de forma transparente y que no le iban aceptar esas “palabras oscuras” que quería meter a la ley. Finalmente, con ocho votos a favor se aprobó el artículo 18, sin tomar en cuenta la propuesta del FMLN.
Nuevas tampoco estuvo de acuerdo en incluir a la junta directiva de la ASA a las juntas comunitarias y sistemas municipales de agua porque aseguran que “obtienen beneficios económicos” y podría haber conflicto de interés.
Las juntas comunitarias y los sistemas municipales, que no dependen de ANDA, abastecen a 1,261,846 personas (52.80%), de un total de 2,389,350 que residen en la zona rural, según señala un informe ejecutivo sobre el “Diagnóstico del Sub Sector de Agua Potable Rural de El Salvador” realizado en 2016 por la ANDA, con el apoyo de la Cooperación Española.
Según el informe, la ANDA da cobertura a 496,612 (20.78 %) habitantes de la zona rural. El otro 26.43 %; es decir, 630,892 habitantes, se abastecen de otras formas no convencionales, como el acarreo de ríos, pozo artesanal o la compra.
Por otra parte, los diputados facultaron al presidente de la ASA para suscribir contratos de compromisos del agua con entidades públicas y privadas, según propuso el diputado de Nuevas Ideas, Walter Coto, en la redacción del literal “c” del artículo 16 de la Ley de Recursos Hídricos.
La nueva atribución del presidente de la ASA no estaba entre las funciones que planteaba el texto original del anteproyecto de ley, ya que solo podía suscribir “convenios en materia hídrica”.
“Suscribir convenios, contratos y en general cualquier compromiso en materia hídrica, con entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, previa autorización de la Junta Directiva”, cita la redacción del nuevo literal “c”.
El diputado Coto alegó que en la nueva propuesta el presidente de la ASA deberá firmar contratos administrativos, sociedades o para cualquier servicio que deba tener el ente rector del agua. “Al no tener tal facultad estaría limitado quién va a firmar un contrato con cualquier entidad que necesite: una prestación de servicio o diversos contratos”, dijo.
Ante la afirmación de Coto, la diputada del FMLN argumentó que las atribuciones a las que hace referencia el literal “c” no son de carácter administrativo, sino que son contratos en materia de agua, según explicó Dina Argueta
En esa jornada, los diputados de la comisión ad hoc avanzaron con la aprobaron de los artículos del 14 al 26, referente al funcionamiento de la ASA, la estructura de los organismo zonales de cuencas hidrográficas, los comités de gestión de cursos de aguas internacionales y cuencas transfronterizas.