Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron las reformas al Código Procesal Penal con 65 votos a favor, dos en contra y dos abstenciones. Estas reformas establecen que el proceso judicial seguirá hasta la sentencia, aunque los imputados estén ausentes, declarándoseles en rebeldía.
El diputado por Nuestro Tiempo, Johnny Wright Sol, señaló que en los considerandos de la propuesta hubo nula mención de la Constitución de la República. Además, señaló que los alcances de las nuevas reformas podrían vulnerar el derecho de la presunción de inocencia.
“Ante la falta de independencia judicial y ante un afán de venganza consideramos que estas reformas buscan aparentar hacer justicia con finalidades políticas, más allá que enderezar un sistema judicial históricamente corrupto y deficiente”, consideró Wright Sol.
El jefe de fracción de ARENA, René Portillo Cuadra, señaló también que las reformas pueden generar incoherencias con el actual régimen de excepción.
“Uno de los artículos del régimen de excepción dice que queda suspendida la garantía de defensa y el primer artículo de esta reforma dice que se garantiza la defensa desde el momento de la detención hasta la sentencia. Entonces, cuando esto entre en vigencia ¿el juez cuál va a aplicar el Régimen de Excepción que tiene suspendido el derecho de defensa oportuno o esta reforma?”, se preguntó Portillo Cuadra.
#BitácoraDelRégimen Día 177| Las reformas al Código Procesal Penal, propuestas por @nuevasideas, están enfocadas en la persona que, siendo citada, no comparezca ante los juzgados o a las audiencias que se realicen durante su proceso, o que se dé a la fuga.https://t.co/Kz74U6VTU6
— Revista GatoEncerrado (@GatoEncerradoSV) September 21, 2022
Además, cuestionó si a partir de la aplicación de las reformas los jueces pondrían en libertad a las personas que han sido detenidas durante el régimen de excepción y que no se les ha garantizado la defensa.
“Se dijo que se violentaba el principio de la presunción de defensa, por el contrario, lo que se quiere garantizar es que efectivamente se va a tener el abogado que lo va a representar en la audiencia, porque hay dos clases de defensa: la defensa material, la que hace la propia persona, el imputado, y la defensa técnica es la que asiste el abogado. Por lo tanto, no se está violentando el derecho a la defensa”, dijo Walter Coto, diputado de Nuevas Ideas.
Añadió también que no era cierto que la normativa choca jurídicamente con lo que establece el régimen de excepción.
“El régimen es de carácter constitucional donde se le pueden quitar ciertos derechos que todos poseemos, es excepcionalmente, y esta normativa es de carácter netamente específica. Prima lo específico sobre lo general”, argumentó.